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Publicado en la Edición: 1139
Fecha de Publicación: 1980-07-04 Cantidad de Visitas: ( 28 ) |
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23 DE JUNIO DE 1980 .- Establécese en forma temporal de cuatro meses una compensación impositiva adicional del 10% a las exportaciones de tejidos artesanales nacionales, de pelos finos destinados al mercado de la Comunidad Económica Europea.
Publicado en la Edición: 1139
Fecha de Publicación: 1980-07-04 Cantidad de Visitas: ( 30 ) |
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23 DE JUNIO DE 1980 .- Apruébase la adjudicación de la Junta de Licitaciones de la Comisión Mixta Ferroviaria Argentino — Boliviana, para construcción del tramo, ferroviario de 88,1 kms. del Tercer Sector del F.C. Santa Cruz-Trinidad, en favor del Consorcio CIMA S.K.S. por total $b. 234.499.959.75.
Publicado en la Edición: 1139
Fecha de Publicación: 1980-07-04 Cantidad de Visitas: ( 38 ) |
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23 DE JUNIO DE 1980 .- Autorízase al Banco Central conceder un crédito con garantía Warrant por $b.67.000,000.- a CORDECRUZ para compra de algodón para la Hilandería Santa Cruz.
Publicado en la Edición: 1139
Fecha de Publicación: 1980-07-04 Cantidad de Visitas: ( 47 ) |
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23 DE JUNIO DE 1980 .- Por tratarse de un caso no previsto en el D.S. Nº 13964 (Ley de Consultoría), autorízase a la Contraloría Gral. de la República refrendar el contrato de Addendum suscrito entre COFADENA y la firma consultora inglesa Atkins Planning en 28-VI-79.
Publicado en la Edición: 1139
Fecha de Publicación: 1980-07-04 Cantidad de Visitas: ( 48 ) |
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23 DE JUNIO DE 1980 .- Dispóneseque ADEPA provea el algodón para la Industria Textil Nacional en la forma más equitativa posible siempre que los pedidos concretos con indicación de cantidades se los realice mediante la firma del Contrato respectivo hasta el 31 de diciembre de cada año.
Publicado en la Edición: 1139
Fecha de Publicación: 1980-07-04 Cantidad de Visitas: ( 45 ) |
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23 DE JUNIO DE 1980 .- Las 25 unidades de chasis cabinados, de un total de 33 marca G.M.C. de industria norteamericana, cuya importación fué autorizada por D.S. Nº 15967, para las cooperativas mineras, se destina a los industríales de la Minería Chica, bajo los alcances del Art. 3° del D.S. Nº 12192.
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