Resultado de la busqueda "485"
Publicado en edición: 485 | Fecha de Publicación: 1969-12-31 | Visitas: ( 52 )
Decreto Supremo N° 9042
23 DE DICIEMBRE DE 1969 .- Autorízase al Comité de Obras Públicas de Santa Cruz servir de aval a la Cooperativa de Servicios Públicos "Montes Claros" Ltda.
Publicado en edición: 485 | Fecha de Publicación: 1969-12-31 | Visitas: ( 54 )
Decreto Supremo N° 9043
23 DE DICIEMBRE DE 1969 .- Modificase el inciso b) del artículo 2º del Decreto Supremo de 29, de octubre da 1965, que quedará redactado con el siguiente texto:
Publicado en edición: 485 | Fecha de Publicación: 1969-12-31 | Visitas: ( 51 )
Decreto Supremo N° 9044
23 DE DICIEMBRE DE 1969 .- Se autoriza a las autoridades educacionales, conceder la inscripción a los hijos de funcionarios diplomáticos.
Publicado en edición: 485 | Fecha de Publicación: 1969-12-31 | Visitas: ( 51 )
Decreto Supremo N° 9045
23 DE DICIEMBRE DE 1969 .- Créase a partir del 1° de enero de 1970 la subvención de US$ 7,000.- (SIETE MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS) mensuales.
Publicado en edición: 485 | Fecha de Publicación: 1969-12-31 | Visitas: ( 51 )
Decreto Supremo N° 9046
23 DE DICIEMBRE DE 1969 .- Mantiénese la vigencia durante la gestión de 1970, de las ordenanzas de patentes e impuestos municipales aprobados para la gestión de 1969.
Publicado en edición: 485 | Fecha de Publicación: 1969-12-31 | Visitas: ( 48 )
Decreto Supremo N° 9047
23 DE DICIEMBRE DE 1969 .- Declárase duelo nacional en todo el territorio de la República el día en que se realicen las exequias del ex-Presidente de la República General Enrique Peñaranda Castillo.
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Decreto Supremo N° 9048
23 DE DICIEMBRE DE 1969 .- En los casos en que Lotería Nacional de Beneficencia y Salubridad obtenga fondos no presupuestados, provenientes de mayores utilidades de, gestión, los distribuirá entre las instituciones beneficiarías, en la siguiente proporción.
Publicado en edición: 485 | Fecha de Publicación: 1969-12-31 | Visitas: ( 52 )
Decreto Supremo N° 9049
23 DE DICIEMBRE DE 1969 .- Los premios en especie que prescriban, serán acumulados anualmente para someterlos a nuevo sorteo cuyo rendimiento se destina en su integridad a la Oficina de Acción Social de la Presidencia de la República.