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Publicado en edición: 1467 | Fecha de Publicación: 1986-06-25 | Visitas: ( 151 )

Decreto Supremo N° 21304

23 DE JUNIO DE 1986 .- A los, fines del impuesto especial a la Reguiarización Impositiva, los sujetos definidos en el Art. 37° de la Ley, determinaran el patrimonio neto imponible al 31 de Diciembre de 1985, por aplicación de lo dispuesto en el Título III de la Ley, referido a la renta presunta de las empresas, no siendo de aplicación lo dispuesto por el Art. 51° de la Ley, ya que en el caso de empresas y para el solo efecto do este impuesto, los bienes referidos en el Título IV de la Ley. forman parte del patrimonio gravado y no corresponde su liquidación por separado.

ANEXO(S) :


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