Fecha de emisión: 14/12/1964 | EDICION : |
Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional para transferir en favor de la H. Alcaldía Municipal de Bermejo, en calidad de permuta, veinte mil metros cuadrados de terreno sin edificar (dos manzanos) de los cuarenta mil que posee dentro del radio urbano de esa localidad ubicado entre las calles 13, 18, 15, 22, 9 y 20 para construcciones públicas. En compensación, se autoriza a la H. Alcaldía de Bermejo para transferir en favor de las Fuerzas Armadas da la Nación veinte mil metros cuadrados en la zona norte de la localidad de Bermejo con destino a futuras construcciones militares, más veintiún hectáreas con cuatro mil metros cuadrados en la zona suburbana de ''Porcelana'' para la instalación de una Granja Agrícola Militar. La transferencia de los veinte mil metros cuadrados, dentro del radio urbano se hará mediante ordenanza municipal y de las veintiun hectáreas con cuatro mil metros cuadrados en la zona de “Porcelana” se hará mediante Título Ejecutorial obtenido después del trámite agrario respectivo, consolidando la propiedad en favor de las Fuerzas Armadas. La H. Alcaldía de Bermejo perfeccionará el derecho propietario que las Fuerzas Armadas tienen sobre veinte mil metros cuadrados (dos manzanos) entre las calles, 13, 18, 15, 22, 9 y 20 del radio urbano de Bermejo donde se encuentra edificado el Cuartel de esa localidad, mediante la respectiva Ordenanza Municipal.