Fecha de emisión: 07/10/1977 | EDICION : |
PRIMERO.- Al amparo del Artículo segundo del D.S. 03050 de 29 de abril de 1952, reconócense para efectos de jubilación, como tiempo de servicios efectivos del Profesor Israel Villegas Sanzetenea, el periódo comprendido entre el l° de enero de 1954 al 30 de septiembre de 1957 y del lº de enero al 15 de septiembre de 1959 o sea un total de CUATRO AÑOS, CINCO MESES Y QUINCE DIAS. SEGUNDO.- En cumplimiento del Artículo quinto del D.S. 03050, el Ministerio de Educación y Cultura pagará a la Caja Nacional de Seguridad Social y a la Caja Complementaria del Magisterio Fiscal los aportes correspondientes al período reconocido por esta Resolución, quedando a cargo del interesado Profesor Israel Villegas Sanzetenea el aporte laboral por el mismo período, que deberá ser cancelado en el plazo máximo de doce cuotas mensuales.