Normas de Autoridades de Fiscalización y Control


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RESOLUCION: ANH/0532-2011


Fecha de emisión: 03-05-2011

PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa MULTICORP LTDA., en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.

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RESOLUCION: ANH/0679-2011


Fecha de emisión: 01-05-2011

PRIMERO.- Queda sin efecto la Resolución Administrativa ANH N° 1298/2010 de fecha 18 de noviembre de 2010, a través de la cual se autorizaba a la empresa TALLER DE CONVERSION  INRIGAS , el traslado de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, a ser ubicado en la Av. Santos Dumont entre 4° y 5° Anillos UV -107, mza 26 N° 4165, barrio Bajo Olivo de la ciudad de Santa Cruz, situación que no se ha llegado a ejecutar por problemas con el propietario del inmueble. SEGUNDO.-Autorizar al Taller de Conversión a GNV  INRIGAS , representada por Sara Raquel Soria Cuno, el traslado de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, a ser ubicado en el Barrio Morita Av. 4° entre Av. Radial 13, UV 107 Mza. 005 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
TERCERO.- El Taller de Conversión a  INRIGAS , se obliga y compromete a que sus instalaciones cumplan con las normas técnicas de seguridad industrial y medio ambiente previstas en los reglamentos respectivos, así como someterse al cumplimiento y ejecución de los planos presentados ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos.

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RESOLUCION: ANH/0682-2011


Fecha de emisión: 01-05-2011

PRIMERO.- Autorizar a la ESTACION DE SERVICIO  RURRENABAQUE , representada por Rosario Carvajal de Limachi con Cédula de Identidad N° 2431335 La Paz, la Construcción de una Estación de Servicio de Combustibles Líquidos del mismo nombre, a ser ubicada en la Av. Gordon Barbour s/n Zona norte, Villa Lourdes de la localidad de Rurrenabaque del Departamento del Beni.
SEGUNDO.- La ESTACION DE SERVICIO  RURRENABAQUE ,deberá concluir los trabajos de construcción en el plazo de Doscientos Cuarenta (240) días calendario de conformidad a su cronograma de ejecución, computable a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.
TERCERO.- Una vez concluida la construcción la ESTACION DE SERVICIO  RURRENABAQUE , deberá solicitar la inspección técnica final de acuerdo al artículo 34 del Reglamento, cumplida esa formalidad la Empresa podrá solicitar se le extienda la Licencia de Operación, a cuyo efecto la Empresa deberá presentar la documentación detallada en el Artículo 35 del citado Reglamento.

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RESOLUCION: ANH/0521-11


Fecha de emisión: 29-04-2011

Autorizar a la Empresa Bolivian Tractor Ltda., con NIT Nº 1028267021, la importación aproximada mensual de 15,472.80 Lts., de lubricantes procedentes de la empresa INDUSTRIAS JOHN DEERE de C.V. de los Estados Unidos Mexicanos, de la marca comercial Jhon Deere, con partidas arancelarias de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCION: ANH/0517-2011


Fecha de emisión: 28-04-2011

PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa KHORA  ESTACIÓN DE SERVICIO, en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.

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RESOLUCION: ANH/0518-11


Fecha de emisión: 28-04-2011

Autorizar a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos Refinación Sociedad Anónima  YPFB Refinación S.A., YPFB REFINACIÓN S.A., con NIT Nº 1028255024, la importación aproximada mensual de 600,00 m3 de Gasolina de Aviación grado 100, procedente de la empresa proveedora Compañía de Petróleos de Chile COPEC S.A., de la República de Chile, producto que se encuentra bajo partida arancelaria Nº 2710.11.20.10. (Modificación aprobada por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas Nº 358/2010 de 10 de diciembre de 2010 vigente a partir del 1 de enero de 2011).

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RESOLUCION: ANH/0515-2011


Fecha de emisión: 27-04-2011

PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa TALLER DE CONVERSIÓN  G.N.A. DE FIDEL SANABRIA ORTIZ , como Taller de Conversión de Vehículos a GNV, en el Registro de Talleres de Conversión a GNV de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- Autorizar a la empresa TALLER DE CONVERSIÓN  G.N.A. DE FIDEL SANABRIA ORTIZ , representada Fidel Sanabria Ortíz con Cédula de Identidad No. 430303 La Paz, la instalación de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, a ser ubicado en la Av. San Martín N° 628, zona sud este, UV 124, mza. 28 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
TERCERO.- La empresa mencionada, se obliga y compromete a que sus instalaciones cumplan con las normas técnicas de seguridad industrial y medio ambiente previstas en los reglamentos respectivos, así como someterse al cumplimiento y ejecución de los planos presentados ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos.

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RESOLUCION: ANH/0511-2011


Fecha de emisión: 26-04-2011

Declarar PROBADO el cargo formulado contra la Empresa  VERGARA , formulado mediante Auto de fecha 02 de julio de 2010, por infracción a lo dispuesto por Artículo 6, Numeral V del Decreto Supremo N° 29753 de 22 de octubre de 2008, por comercializar Diesel Oil en tanques adicionales de unidad de transporte automotor.

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RESOLUCION: ANH/0509-2011


Fecha de emisión: 25-04-2011

Declarar PROBADO el cargo formulado mediante Auto de fecha 22 de febrero de 2011, contra la ESTACION DE SERVICIO DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS EMPRESA PETROLEUM INTERNACIONAL SERVICES CORP. S.R.L.  IPSEC S.R.L, ubicada en la Terminal Bimodal Castulo Chávez de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, por ser responsable de no dar cumplimiento a la instrucción impartida por la Superintendencia de Hidrocarburos (SH), ahora ANH, en el Auto de intimación de 04 de noviembre de 2009, contravención y sanción que se encuentra prevista y sancionada en el Artículo 39 inciso c) del Reglamento para Construcción de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos (Reglamento EEºSSº), aprobado por Decreto Supremo Nº 24721 de 23 de julio de 1997.

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RESOLUCION: ANH/0503-11


Fecha de emisión: 21-04-2011

Autorizar a la Empresa INDUVIS S.R.L., con NIT Nº 1004361020, la importación aproximada mensual de 391,158.01 Lts., de aceites autorizados y 360,642.36 Kgs., de grasas autorizadas, procedentes de la empresa VISTONY Compañía Industrial del Perú S.A.C., de la República del Perú, de la marca comercial VISTONY, con partidas arancelarias de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCION: ANH/0504-11


Fecha de emisión: 21-04-2011

Autorizar a la Empresa Minera Inti Raymi S.A., con NIT Nº 1020499025, la importación para consumo propio, aproximada mensual de 20,000.00 Lts., de aceites autorizados, procedentes de la Empresa MOBIL OIL DEL PERÚ S.R.L., de la República del Perú de la marca comercial CATERPILLAR, con partida arancelaria de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCION: ANH/0505-11


Fecha de emisión: 21-04-2011

Autorizar a la Empresa Minera Inti Raymi S.A., con NIT Nº 1020499025, la importación aproximada mensual de 40.000,00 litros, de Gasolina 93 NOR Sin Plomo, procedente de la Empresa SHELL CHILE SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, de la República de Chile, con partida arancelaria Nº 2710.11.13.30, señalada por el importador.

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RESOLUCION: ANH/0506-2011


Fecha de emisión: 21-04-2011

PRIMERO.- Autorizar a la empresa TALLER  CACERES GAS , representada por Zayonara María Mallea Valdez, con Cédula de Identidad N° 3351707 La Paz, la OPERACION de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en la calle R. Rojas N° 1265 y Av. Bolivia de la zona de Villa Victoria de la ciudad de El Alto.
SEGUNDO.- Otorgar en favor de la empresa TALLER  CACERES GAS , la Licencia de Operación de un taller de Conversión de Vehículos a GNV, ubicado en el domicilio antes señalado.

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RESOLUCION: ANH/0500-2011


Fecha de emisión: 20-04-2011

PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa TALLER DE CONVERSIÓN  E.G. TRI - CHACO , como Taller de Conversión de Vehículos a GNV, en el Registro de Talleres de Conversión a GNV de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- Autorizar a la empresa TALLER DE CONVERSIÓN  E.G. TRI - CHACO , representada por Yovany Guiber Paz con Cédula de Identidad No.4591860 Santa Cruz, la instalación de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, a ser ubicado Av. Panamericana s/n de la ciudad de Camiri del Departamento de Santa Cruz.
TERCERO.- La empresa mencionada, se obliga y compromete a que sus instalaciones cumplan con las normas técnicas de seguridad industrial y medio ambiente previstas en los reglamentos respectivos, así como someterse al cumplimiento y ejecución de los planos presentados ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos.

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RESOLUCION: ANH/0501-2011


Fecha de emisión: 20-04-2011

PRIMERO.- Autorizar a la empresa ESTACIÓN DE SERVICIO  ITAPAYA , representada por ALBERTO AMURRIO FERNANDEZ con Cédula de Identidad No. 991856 Cochabamba, la construcción de una Estación de Servicio de Gas Natural Vehicular, a ser ubicada en la carretera a Capinota, Km. 39, Sipe Sipe en la zona Tarija  Italaya de la Provincia de Quillacollo del Departamento de Cochabamba.
SEGUNDO.- Según el cronograma de ejecución presentado por la empresa ESTACIÓN DE SERVICIO  ITAPAYA , los trabajos de construcción de la Estación de Servicio de GNV concluirán en el plazo de ciento treinta y tres (133) días calendario, computables a partir de la fecha de vigencia de la presente Resolución.
TERCERO.- Una vez concluida la construcción de la Estación de Servicio, la empresa deberá solicitar la inspección técnica final de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 del REGLAMENTO. Cumplidas las condiciones técnicas y legales, la Agencia Nacional de Hidrocarburos emitirá la Resolución Administrativa de Autorización de Operación y la Licencia de Operación, a cuyo efecto la Empresa deberá presentar la documentación detallada en los artículos 39 y 40 del REGLAMENTO.

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RESOLUCION: ANH/0482-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

Disponer la RECATEGORIZACIÓN de registro de la EMPRESA CONSTRUCTORA CONSULTORA MULTIDISCIPLINARIA MALTOR S.R.L., en la Categoría Industrial del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, teniendo para el efecto el siguiente personal técnico acreditado: Miguel ángel Maldonado Claros Ingeniero RNI 15426 Franz Edgar Enríquez Rodríguez Soldador 6G

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RESOLUCION: ANH/0483-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

Disponer la INSCRIPCION de la empresa HERRERA NUÑEZ CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L., en la Categoría Doméstica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Irma Nataly Torrez Torrez Técnico de Proyectos II

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RESOLUCION: ANH/0484-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

Disponer la RECATEGORIZACIÓN de registro de la empresa DIPROSER, en la Categoría Comercial del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, teniendo para el efecto el siguiente personal técnico acreditado por INFOCAL: Eulogio Felipe Chuquimia Kuno Técnico de Proyectos I Abel Tenorio Limachi Instalador I

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RESOLUCION: ANH/0485-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

Disponer la INSCRIPCION de la empresa EMBOIGAS E.F.P., en la Categoría Doméstica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Limbert Ricardo Calle Flores Técnico de Proyectos II Juan Carlos Flores Poma Instalador II

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RESOLUCION: ANH/0486-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

Disponer la INSCRIPCION de la empresa MARTÍN SOTO CHURATA, en la Categoría Doméstica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Teófilo Ramón Morales Tapia Técnico de Proyectos II Israel Gonzalo Álvarez Llanos Instalador II

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RESOLUCION: ANH/0487-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

PRIMERO.- Autorizar a la empresa ESTACIÓN DE SERVICIO SANTA MARIA SUCURSAL I, dependiente de la Estación de Servicio SANTA MARIA, representada por María Beatriz Ledezma Quezada con Cédula de Identidad No. 2807445 Santa Cruz, la construcción de una Estación de Servicio de Gas Natural Vehicular, a ser ubicada en el Séptimo Anillo esquina Av. España de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
SEGUNDO.- Según el cronograma de ejecución presentado por la empresa ESTACIÓN DE SERVICIO SANTA MARIA SUCURSAL I, dependiente de la Estación de Servicio SANTA MARIA, los trabajos de construcción de la Estación de Servicio de GNV concluirán en el plazo de Trescientos (300) días calendario, computables a partir de la fecha de vigencia de la presente Resolución.
TERCERO.- Una vez concluida la construcción de la Estación de Servicio, la empresa deberá solicitar la inspección técnica final de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 del REGLAMENTO. Cumplidas las condiciones técnicas y legales, la Agencia Nacional de Hidrocarburos emitirá la Resolución Administrativa de Autorización de Operación y la Licencia de Operación, a cuyo efecto la Empresa deberá presentar la documentación detallada en los artículos 39 y 40 del REGLAMENTO.

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RESOLUCION: ANH/0488-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

Autorizar a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, con NIT Nº 1020269020, la importación aproximada mensual de 1.000.00 Toneladas de Gas Butano, procedente de la empresa COPETROL S.A., de la República de Paraguay, producto que se encuentra bajo la partida arancelaria Nº 2711.19.00.00 de acuerdo a lo señalado por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos.

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RESOLUCION: ANH/0489-11


Fecha de emisión: 19-04-2011

Autorizar a YPFB, con NIT Nº 1020269020, la importación aproximada mensual al mercado interno de 10,000.00 M3, de Insumos y Aditivos (Gasolina RON 90.5) para la obtención de Gasolina Especial, autorizada en el Decreto Supremo Nº 0286/2009 de fecha 9 de Septiembre de 2009, procedentes de la empresa proveedora PETROBRAS S.A. (PETROBRAS), de la República Federativa de Brasil, producto que se encuentra bajo la partida arancelaria Nº 2710.11.13.30, de acuerdo a lo señalado por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y establecida en el Anexo del Decreto Supremo Nº 0572 de fecha 14 de julio de 2010.

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RESOLUCION: ANH/0489-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

Disponer la INSCRIPCION de la empresa CONSOREL CONSULTORA ORELLANA, en la Categoría Doméstica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: William Alex Fernández Condori Técnico de Proyectos II Fernando Quiroga Moya Instalador II

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RESOLUCION: ANH/0490-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

Disponer la RENOVACIÓN de registro de la empresa ENLACE AZUL GS en la Categoría Comercial del Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, teniendo para el efecto el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Samuel Elías Quispe Macías Técnico de Proyectos I  II Mauricio Ochoa Condori Instalador I - II

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RESOLUCION: ANH/0491-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

Disponer la INSCRIPCION de la EMPRESA DE SERVICIOS W.I.B., en la Categoría Doméstica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Mario Sandro Condori Técnico de Proyectos II Efraín Condori López Instalador II

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RESOLUCION: ANH/0492-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

Disponer la INSCRIPCION de la EMPRESA CONSTRUCTORA YERAL V.CH.R., en la Categoría Doméstica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Kart Adolfo Torrico Vargas Técnico de Proyectos II Ángel Eleuterio Chui Qusipe Instalador II

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RESOLUCION: ANH/0493-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

Disponer la INSCRIPCION de la empresa EMARGAS SERVICIOS, en la Categoría Comercial en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Alberto Arancibia Carry Técnico de Proyectos I

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RESOLUCION: ANH/0495-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

Aprobar la Transferencia sin Cambio de Razón Social, del Taller de Conversión a GNV  GASCORP S.R.L., ubicada en la Av. Melchor Urquidi N° 1262 de la ciudad de Cochabamba, representada legalmente Marcian Guzman Velásco con Cédula de Identidad No. 3816898 Cochabamba, debiendo emitirse la Licencia de Operación correspondiente.

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RESOLUCION: ANH/0496-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa TALLER DE CONVERSIÓN  CONDOR GAS ALFA , como Taller de Conversión de Vehículos a GNV, en el Registro de Talleres de Conversión a GNV de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- Autorizar a la empresa TALLER DE CONVERSIÓN  CONDOR GAS ALFA , representada Flavio Cerrogrande Quispe con Cédula de Identidad No.6572108 La Paz, la instalación de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, a ser ubicado zona Villa Dolores, calle 4 N° 297 de la ciudad de El Alto.
TERCERO.- La empresa mencionada, se obliga y compromete a que sus instalaciones cumplan con las normas técnicas de seguridad industrial y medio ambiente previstas en los reglamentos respectivos, así como someterse al cumplimiento y ejecución de los planos presentados ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos.

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RESOLUCION: ANH/0497-2011


Fecha de emisión: 19-04-2011

PRIMERO.- Autorizar a la Estación de Servicio de GNV  CHIMBOCO , representada por Rubén Rosales Alba, la OPERACION de su Estación de Servicio de Gas Natural Vehicular, en el Km. 14 1/2 de la carretera Cochabamba  Santa Cruz, localidad Sacaba del Departamento de Cochabamba.
SEGUNDO.- Otorgar en favor de la Estación de Servicio de GNV  CHIMBOCO la correspondiente Licencia de Operación para su Estación de Servicio de Gas Natural Vehicular, ubicada en el Km. 14 1/2 de la carretera Cochabamba  Santa Cruz, localidad Sacaba del Departamento de Cochabamba.
TERCERO.- La autorización para la Operación de la estación de servicio de GNV otorgada mediante la presente Resolución Administrativa tendrá una vigencia de diez (10) años computables a partir de la fecha de su emisión, misma que podrá ser prorrogada por periodos sucesivos de diez (10) años, debiendo el interesado acreditar ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos el cumplimiento estricto de las condiciones técnicas y reglamentarias vigentes.

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RESOLUCION: ANH/0472-2011


Fecha de emisión: 18-04-2011

PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa TALLER DE CONVERSIÓN  ESTACION DE SERVICIO TRANS SACABA S.A. , como Taller de Conversión de Vehículos a GNV, en el Registro de Talleres de Conversión a GNV de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- Autorizar a la empresa TALLER DE CONVERSIÓN  ESTACION DE SERVICIO TRANS SACABA S.A. , representada por los Sres. Wilson Coca Inturias, con C.I. N° 4529419 Cbba., Israel Salazar Mercado con C.I. N° 8001368 Cbba. y Efraín Villarroel Terán con C.I. N° 819487 Cbba., para que juntos o por separados en número de dos representen a la Sociedad Anónima, la instalación de un Taller de Conversión de Vehículos a GNV, a ser ubicado en la en la calle Colombia (carretera Santa Cruz  Cochabamba) zona de Villa Obrajes de la localidad de Sacaba del Departamento de Cochabamba.
TERCERO.- La empresa mencionada, se obliga y compromete a que sus instalaciones cumplan con las normas técnicas de seguridad industrial y medio ambiente previstas en los reglamentos respectivos, así como someterse al cumplimiento y ejecución de los planos presentados ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos.

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RESOLUCION: ANH/0474-2011


Fecha de emisión: 18-04-2011

PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa CORNELIO CUSI GABRIEL, en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.

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RESOLUCION: ANH/0476-2011


Fecha de emisión: 18-04-2011

PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa ESTACIÓN DE SERVICIO MIRANDA, en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.

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RESOLUCION: ANH/0477-2011


Fecha de emisión: 18-04-2011

Autorizar a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, con NIT Nº 1020269020, la importación aproximada mensual al mercado interno de 1,000.00 Toneladas, de Gas Licuado de Petróleo procedente de la empresa GASTOTAL S.A., de la República del Paraguay, producto que se encuentra bajo la partida arancelaria Nº 2711.19.00.00 de acuerdo a lo señalado por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos.

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RESOLUCION: ANH/0478-2011


Fecha de emisión: 18-04-2011

Disponer la INSCRIPCION de la empresa MAR-KS MULTISERVICE Y GAS, en la Categoría Doméstica en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado por INFOCAL: Mario Apaza Hilari Técnico de Proyectos II

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RESOLUCION: ANH/0480-2011


Fecha de emisión: 18-04-2011

Disponer la INSCRIPCION de la empresa SEICOCI, en la Categoría Industrial en el Libro de Registro Nacional de Empresas Instaladoras de Gas Natural de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, con el siguiente personal acreditado: Tomás Hipólito Durán Mendoza Ingeniero RNI 16942 Juan Wilber Toro Moscoso Soldador 6G

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RESOLUCION: ANH/0473-11


Fecha de emisión: 15-04-2011

Autorizar a la Empresa AMERIX LTDA., con NIT Nº 1013583020, la importación aproximada mensual de 16.800.00 Lts., del aceite autorizado, adquirido de la empresa proveedora NYNAS AB de Suecia de la Marca Comercial NYTRO IZAR II, ORION II, con partida arancelaria Nº 2710.19.33.00 señalada por el importador y establecida en el Anexo del Decreto Supremo Nº 0572 de 14 de julio de 2010 de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCION: ANH/0469-2011


Fecha de emisión: 14-04-2011

PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa ESTACIÓN DE SERVICIO SAN PABLO VILLA BOLÍVAR S.R.L., en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.

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RESOLUCION: ANH/0470-2011


Fecha de emisión: 14-04-2011

PRIMERO.- Disponer la AUTORIZACION Y OPERACIÓN de la empresa TALLER DE RECALIFICACIÓN DE CILINDROS DE GNV  ESTACION DE SERVICIO TRANS SACABA S.A. , representada por los Sres. Wilson Coca Inturias, con C.I. N° 4529419 Cbba., Israel Salazar Mercado con C.I. N° 8001368 Cbba. y Efraín Villarroel Terán con C.I. N° 819487 Cbba., para que juntos o por separados en número de dos representen a la Sociedad Anónima, ubicada en la Av. Barrientos KM. 15 s/n zona de Villa Obrajes de la localidad de Sacaba del Departamento de Cochabamba, en el Registro de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente Resolución Administrativa habilita a la empresa TALLER DE RECALIFICACIÓN DE CILINDROS DE GNV  ESTACION DE SERVICIO TRANS SACABA S.A. , para realizar la Recalificación de Cilindros de GNV, no pudiendo esta por ningún motivo realizar la Conversión de Vehículos de GNV o efectuar otras actividades para las que se requieran la autorización expresa de la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
TERCERO.- La autorización y la operación otorgada mediante la presente Resolución tendrá vigencia hasta el 24 de febrero de 2014, tal como lo establece la certificación del Instituto Boliviano de Normalización y Calidad IBNORCA, debiendo ser actualizado en su momento.

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RESOLUCION: ANH/0471-11


Fecha de emisión: 14-04-2011

Autorizar a la empresa ROLUBRITEX, con NIT Nº 2830091012, la importación aproximada mensual de 200.000.00 Lts., de lubricantes autorizados, provenientes de la empresa Omni Industries Inc., de los Estados Unidos de Norteamérica, con partidas arancelarias de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCION: ANH/0466-11


Fecha de emisión: 13-04-2011

Autorizar a YPFB, con NIT Nº 1020269020, la importación aproximada mensual al mercado interno de 10,000.00 M3, de Insumos y Aditivos (Gasolina 93 NOR y Gasolina 97 NOR) para la obtención de Gasolina Especial, autorizada en el Decreto Supremo Nº 0286/2009 de fecha 9 de Septiembre de 2009, procedentes de la empresa proveedora Shell Chile Sociedad Anónima Comercial Industrial (SHELL CHILE SACI), de la República de Chile, producto que se encuentra bajo las partidas arancelarias Nº 2710.11.13.30 y Nº 2710.11.13.40, de acuerdo a lo señalado por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y establecida en el Anexo del Decreto Supremo Nº 0572 de fecha 14 de julio de 2010.

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RESOLUCION: ANH/0468-11


Fecha de emisión: 13-04-2011

Autorizar a la empresa High Quality Lubricantes S.R.L., con NIT Nº 126267022, la importación aproximada mensual de 20,000.00 Lts. de aceites autorizados y 2,000.00 Kgs. de grasas autorizadas, provenientes de la compañía proveedora Conoco Phillips Company de los Estados Unidos de Norteamérica, de la marca comercial Conoco  Phillips 66  Kendall, con partidas arancelarias, de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCION: ANH/0463-2011


Fecha de emisión: 12-04-2011

PRIMERO.- Aprobar la transferencia sin cambio de razón social de la ESTACION DE SERVICIO  AGRUPA S.R.L. , dedicada a la comercialización de Combustibles Líquidos, ubicada en la Av. Panamericana esquina Circunvalación de la ciudad de Tarija, en favor del SR. NICOLAS MALDONADO STURICH, con Cédula de Identidad No.2893130 Cochabamba, debiendo emitirse la Licencia de Operación correspondiente.
SEGUNDO.- Otorgar en favor de SR. NICOLAS MALDONADO STURICH, Licencia de Operación de la ESTACION DE SERVICIO  AGRUPA S.R.L. , ubicada en la Av. Panamericana esquina Circunvalación de la ciudad de Tarija.
TERCERO.- La presente autorización de transferencia, no constituye una garantía para contar con el suministro de producto por parte del Distribuidor Mayorista, toda vez que el suministro estará sujeto a la disponibilidad del producto.

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RESOLUCION: ANH/0464-11


Fecha de emisión: 12-04-2011

Autorizar a la empresa SOSUCRO IMPORT EXPORT, con NIT Nº 3857683011, la importación aproximada mensual de 1.500.00 Lts. De aceites autorizados, y 1.500.00 Kgs. de las grasas autorizadas, procedentes de la empresa CHEMLUB Productos Químicos Ltda., de la República Federativa del Brasil, con partidas arancelarias, de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCION: ANH/0465-11


Fecha de emisión: 12-04-2011

Autorizar a la Empresa PETRÓLEO DESARROLLO E IMPORTACIONES S.A.  PRODIMSA., con NIT Nº 01015361024, la importación y comercialización aproximada mensual de 260,000.00 Lts., de los aceites autorizados y 20,000.00 de grasas autorizadas, procedentes de la Empresa YPF Lubricantes y Especialidades, de la República Argentina, de la marca comercial YPF, con partida arancelaria, de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCION: ANH/0460-2010


Fecha de emisión: 08-04-2011

PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa ESTACIÓN DE SERVICIO  TOWINA , en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.

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RESOLUCION: ANH/0460-2011


Fecha de emisión: 08-04-2011

PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa ESTACIÓN DE SERVICIO  TOWINA , en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.

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RESOLUCION: ANH/0453-2011


Fecha de emisión: 07-04-2011

Autorizar a la Empresa NIBOL LTDA., con NIT Nº 1028787021, la importación aproximada mensual de 500.00 Lts., de aceites, adquiridos de la empresa proveedora JHON DEERE de los Estados Unidos de Norteamérica de la Marca Comercial JHON DEERE, con partida arancelaria Nº 2710.19.36.00 señalada por el importador y establecida en el Anexo del Decreto Supremo Nº 0572 de 14 de julio de 2010 de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCION: ANH/0451-2011


Fecha de emisión: 06-04-2011

PRIMERO.- Disponer la INSCRIPCIÓN de la empresa KHORA  ESTACIÓN DE SERVICIO, en el Libro de Registro Nacional de Empresas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, quedando la empresa obligada a informar a la Agencia Nacional de Hidrocarburos cualquier cambio de domicilio, objeto, actividad y/o representante legal.
SEGUNDO.- La presente resolución acredita la inscripción de la empresa en la Agencia Nacional de Hidrocarburos, consiguientemente no podrá ser utilizada para la importación o exportación de hidrocarburos o sus derivados ni para la construcción y operación de Estaciones de Servicio, de Plantas de Almacenaje, de Plantas de Engarrafado y de Distribución de GLP, de refinerías y/o para realizar cualquier actividad petrolera que requiera autorización expresa.

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