Pasar al contenido principal
Bolivia


Resultado de la busqueda "23944"

Página 1 de 1 // mostrando normas 1 - 1 // 1 en total

Publicado en edición: 1868 | Fecha de Publicación: 1995-02-03 | Visitas: ( 148 )

Decreto Supremo N° 23944

30 DE ENERO DE 1995 .- A objeto de obtener la devolución de sus impuestos, los exportadores deben presentar al Sistema de Ventanilla Unica de Exportación (SIVEX) o, donde no existan oficinas del SIVEX, a las oficinas distritales de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), una Solicitud de Devolución Impositiva (SDI), en formulario gratuito, que será una Declaración Jurada por parte del exportador.

ANEXO(S) :
  • ANEXO Nº 1 D.S. Nº 23944 PRODUCTOS EXCEPTUADOS DE LA APLICACIÓN DEL REINTEGRO DEL GRAVAMEN ADUANERO CONSOLIDADO NABANDINA NANDINA PRODUCTOS
  • Fecha de emisión : 1995-02-03 - Descargar Anexo


<< previo
|
siguiente >>



Nuestras Publicaciones




     
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Contáctanos: info_gob@gacetaoficialdebolivia.gob.bo
Derechos Reservados © 2021
Teléfono: (591-2) 2147937
Dirección: Calle Mercado Nº 1121, Edificio Guerrero - Planta Baja