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Publicado en edición: 1788 | Fecha de Publicación: 1993-05-31 | Visitas: ( 106 )
Decreto Supremo N° 23469
07 DE ABRIL DE 1993 .- Para efectos de validez de los procesos que involucran a menores, a los que se refiere el artículo 10 del Código del Menor, las citaciones y notificaciones serán realizadas por los jueces y autoridades a las Direcciones Ejecutivas Departamentales del ONAMFA, instancias que a su vez derivarán ante Asesoría Legal para que asuma conocimiento del caso.