TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

 

DECRETO SUPREMO Nº 22999

LUIS OSSIO SANJINES

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO

DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el presupuesto consolidado del sector público gestión 1991, fué aprobado mediante ley 1231, para su vigencia durante el presente ejercicio fiscal;

 

Que el Instituto Boliviano de Cultura, solicita la aprobación de un presupuesto adicional, con fondos que le fueron devueltos por la Empresa SIDCOM S.R.L. y que serán destinados a la adquisición de equipo de oficina;

 

Que la atribución séptima del artículo 96 de la Constitución Política del Estado, faculta al Presidente de la República, proponer modificaciones durante la vigencia del presupuesto aprobado, en concordancia con el artículo 7 de la ley 1231.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase sin perjuicio de la correspondiente aprobación legislativa, el siguiente presupuesto adicional en favor del Instituto Boliviano de Cultura por la suma Bs.25.000.- (VEINTICINCO MIL 00/100 BOLIVIANOS), provenientes de la devolución del préstamo otorgado a la Empresa SIDCOM S.R.L., para el avance de trabajos en la primera etapa de remodelación del Palacio Chico y que no estaban previstos en la Ley 1231 de 7 de febrero de 1991, de acuerdo al siguiente detalle:

 

PRESUPUESTO ADICIONAL

PRESUPUESTO DE RECURSOS

GESTION 1991 - (EN BOLIVIANOS)

 

 

 

PRESUPUESTO

CODIGO

D E S C R I P C I ON

ADICIONAL

 

 

 

 

 

 

1

Ingresos corrientes

25.000

13

Fuentes financieras

25.000

131

Disminución de la inversión financiera

25.000

1314

Disminución de otros activos financieros

25.000

13142

Disminución de cuentas a cobrar a corto plazo

25.000

131422

Disminución de otras cuentas a cobrar a corto plazo

25.000

1314221

Disminución de otras cuentas a cobrar a corto plazo en moneda nacional

25.000

 

 

 

 

T O T A L I N G R E S O S

25.000

PRESUPUESTO DE GASTOS

 

ORGANISMO : INSTITUTO BOLIVIANO DE CULTURA

PROGRAMA 10 : FOMENTO Y DIFUSION DE LA CULTURA

ACTIVIDAD 01 : ADMINISTRACION GENERAL

GESTION : 1 9 9 1

 

(EN BOLIVIANOS)

 

 

 

PRESUPUESTO

CODIGO

D E S C R I P C I ON

ADICIONAL

 

 

 

 

 

 

400

ACTIVOS REALES

25.000

430

Maquinaria y equipo

25.000

431

Equipo de oficina y muebles

25.000

 

 

 

 

T O T A L A C T I V I D A D 01

25.000

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Educación y Cultura quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y un años.

 

FDO. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Mario Catacora Landivar Min. Presidencia de la República a.i., Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Hedim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|