TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 22918

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el Gobierno nacional, en protección de los intereses del Estado, expidio los decretos supremos 20860 de 7 de junio de 1985 y 21296 de 9 de junio de 1986, disponiendo y reglamentando la intervención de los hoteles “La Paz Sheraton” (actualmente “Hotel La Paz”) y “Crillón”, pertenecientes a la sociedad Hotel Crillón S.A., en atención a las cuantiosas deudas en mora de esta última a favor del Banco del Estado, situación de emergencia y demás razones expresadas en los citados decretos;

 

Que han cesado las causas que motivaron los referidos decretos supremos, en razón de que la autoridad judicial competente ha adjudicado la propiedad de los mencionados bienes en favor del acreedor Banco del Estado, correspondiendo su abrogación.

 

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO UNICO.- Abrógase los decretos 20860 de 7 de junio de 1985 y 21296 de 9 de junio de 1986.

 

Los señores Ministros de Estado en los despachos del Interior Migración Justicia y Defensa Social, Finanzas, Industria Comercio y Turismo asi como Planeamiento y Coordinación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de octubre de mil novecientos noventa y un años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Marcelo Pérez Monasterios Min. RR.EE. y Culto a.i., Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Edim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Guillermo Cuentas Yañez Min. Previsión Social y Salud Pública a.i., Gonzalo Valda Cárdenas, Oswaldo Antezana Vaca Diez Min. Asuntos Campesinos y Agropecuarios a.i., Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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