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DECRETO SUPREMO Nº 22633

DECRETO SUPREMO Nº 22633

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, la Policía Nacional en cumplimiento de lo expresamente señalado por la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica, tiene por misión específica la conservación del orden público y la defensa de la sociedad.

 

Que, el Ministerio del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social como cabeza de sector ha visto la urgente necesidad de mejorar y ampliar el precario parque automotor de la Unidad Operativa de Radio Patrulla 110, dependiente de la Policía Nacional, para el cumplimiento de sus específicas funciones en el control y prevención del crecimiento delincuencial, contado para el efecto con los recursos económicos necesarios.

 

Que, mediante Resolución Ministerial 2068 de 31 de octubre de 1990, el Despacho del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 1008 y el Decreto Supremo 22337 de 17 de octubre de 1989, asigna fondos para la adquisición de vehículos destinados a la Unidad Operativa de Radio Patrulla 110 del Departamento de La Paz.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase - con carácter de excepción y por necesidad de proporcionar un mejor servicio a la ciudadanía y seguridad a la colectividad social frente al inusitado incremento de la delincuencia - al Ministerio del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social y al Comando de la Policía Nacional efectuar la adquisición de veinte unidades de vehículos motorizados marca Nissan Sunny, modelo 1991, de 1600 cc., adquisición que se efectuará directamente de la firma importadora “SIDEC OVERSEAS” (Bolivia) S.A.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Con carácter de excepción, libérase al Ministerio del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social y al Comando General de la Policía Nacional del pago del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC), Impuesto al Valor Agregado (IVA), e Importe al Consumo Específico (ICE), concernientes a la importación de los veinte vehículos motorizados detallados en el articulo anterior. La adquisición se efectuará con fondos propios del Ministerio del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social, del Comando General de la Policía Nacional y fondos emergentes de la Resolución Ministerial 2068.

 

Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas e Interior, Migración, Justicia y Defensa Social, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de octubre de mil novecientos noventa años

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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