TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 22628

DECRETO SUPREMO Nº 22628

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que la Policía Nacional, para el cumplimiento de sus específicas funciones precisa contar con medios adecuados que le permitan el normal desarrollo de sus actividades, para garantizar el orden público, en servicio de la colectividad y la paz social.

 

Que, es de imperiosa y urgente necesidad dotar a la Policía Nacional de equipos para sus organismos operativos, a cuyo efecto debe dictarse la norma legal pertinente.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase, con carácter de excepción y por la emergencia que el caso requiere, al Comando General de la Policía Nacional efectuar la adquisición de los siguientes equipos y materiales: 5.000 granadas con descargo continuo, arrojables, agente químico CS; 5.000 cargadores triples, descargo pirotécnico separado, no arrojables, agente químico CS; 4.000 granadas redondas de goma, arrojables, agente químico C.S.; 5.000 cartuchos arrojables de calibre 12; 7.000 proyectiles de 37 mm. tiro largo, pirotécnico, tiro de 137 metros, agente químico CS; 100 aparatos de distracción; 30 máscaras antigas, borde montado, cartucho doble, por un monto total de DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 299.980.-), adquisición que se efectuará de DEF TEC CORPORATION representada por la firma GEORGE G. PORTUGAL.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase al Ministerio de Finanzas desembolsar los fondos necesarios para cubrir el monto asignado a la presente adquisición.

 

Los señores Ministros de Estado en los despachos del Interior, Migración, Justicia, y Defensa Social y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de octubre de mil novecientos noventa años

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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