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DECRETO SUPREMO Nº 06363

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, para la capacitación profesional de los oficiales subalternos de la Fuerza Aérea, es necesario contar con un Instituto que proporcione la enseñanza apropiada y acorde con los conceptos modernos de la Aeronáutica;

 

Que, en la actualidad no se dispone de tal Instituto, por lo cual la Fuerza Aérea se ve en la necesidad de enviar sus oficiales subalternos a escuelas extranjeras, lo que no es doctrinalmente recomendable;

 

Que, siendo igualmente necesario disponer de un Instituto para capacitar al personal superior de la Aeronáutica Civil en la dirección y administración de sus altos organismos, a fin de contribuir al fortalecimiento del Poder Aéreo Nacional.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Créase la “Escuela de Aplicación Aérea”, dependiente en lo técnico del Comando de la Fuerza Aérea, de quien recibirá órdenes y directivas.

 

ARTÍCULO 2.- La “Escuela de Aplicación Aérea”, tendrá como misión preparar Oficiales de la Fuerza Aérea, para el Comando de Escuadrón y para el desempeño de las planas mayores de las unidades correspondientes al mismo nivel de mando. Asimismo, capacitará al personal designado por la Aeronáutica Civil en la dirección y administración de sus altos organismos.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y tres años.

 

FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, J. Fellman Velarde, Guillermo Jáuregui, José Antonio Arze, A. Cuadros Sánchez, Mario Guzmán G,. Cnl. Guillermo Ariñez, A. Gumucio Reyes.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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