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DECRETO SUPREMO Nº 06351

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Cooperativa de Empleados Públicos de Oruro ha sido reorganizada bajo la nueva razón social de “Cooperativa de Consumo de Trabajadores del Estado Ltda. de Oruro”, y encara problemas en cuanto a la recuperación del valor de los artículos de consumo que entrega mensualmente sus asociados en calidad de crédito;

 

Que es necesario hacer extensivos los efectos del Decreto Supremo N° 1418 de 16 de diciembre de 1948, a la Cooperativa de Consumo de Trabajadores del Estado Ltda. de Oruro;

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Declárase a la “Cooperativa de Consumo de Trabajadores del Estado Ltda. de Oruro”, comprendida en las disposiciones del D.S. N° 1418 de 16 de diciembre de 1948, para la recuperación de los créditos que otorga mensualmente a sus afiliados.

 

El señor Ministro en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de enero de mil novecientos sesenta y tres años.

 

FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, R. Jordán Pando, A. Cuadros Sánchez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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