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DECRETO SUPREMO Nº 17153

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, de acuerdo al Artículo 146 de la Constitución Política del Estado, el Ministerio de Finanzas es el organismo facultado para la elaboración del Proyecto de Presupuesto del Sector Público.

 

Que, mientras se concluya la elaboración del Presupuesto correspondiente a la Gestión Fiscal de 1980, es necesario velar por la continuidad en las actividades de las diferentes instituciones que integran el Sector Público.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Mientras se apruebe el Presupuesto General de la Nación para la gestión de 1980 y para asegurar el normal desarrollo de las actividades de la Administración Pública, seguirá aplicándose el de la Gestión 1979 con los ajustes derivados de las medidas de ordenamiento económico del 30 de Noviembre último.

 

Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro dias del mes de diciembre de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Julio Garret Aillón, Jorge Selum Vaca Diez, Miguel Ayoroa Montaño, Jorge Agreda Valderrama, Augusto Cuádros Sánchez, Carlos Carrasco Fernández, Hugo Velasco Rosales, Eduardo Arauco Paz, Oscar García Suarez Oscar Bonifaz Gutierrez, Luis Añez Alvarez, Victor Quinteros Rasguido, Ayda Cláros de Bayá, René Higueras, Gastón Aráoz, Elba Ojara de Jemio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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