TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 17101

CNL. ALBERTO NATUSCH BUSCH

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Movimiento Institucional de las Fuerzas Armadas de la Nación, y los partidos políticos verazmente identificados con el interes nacional, han asumido la conducción del Gobierno en circunstancias de un total deterioro en el orden económico social e institucional.

 

Que, para cumplir sus inmediatos objetivos, el Supremo Gobierno requiere crear las mas elementales condiciones en todo el país, que garanticen el orden y la seguridad de la ciudadania.

 

Que, es deber del Poder Ejecutivo adoptar las medidas necesarias para la conservación del orden público, de conformidad con el artículo III de la Constitución Política del Estado.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase Estado de Sitio en todo el territorio de la República. de conformidad con el artículo 112 de la Constitución Política del Estado.

 

ARTÍCULO 2- Las Prefecturas Departamentales dictarán el correspondiente Auto de Buen Gobierno.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los un días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. CNL. ALBERTO NATUSCH BUSCH, Guillermo Bedregal Gutierrez, Carlos Mena Burgos, Oscar Larrain Frontanilla, Agapito Feliciano Monzón, Wilfredo Cossio Aguilar, Edil Sandóval Morón, Julio Herrera Dorado, René Guzmán Moreira, Abel Ayoroa Argandoña, Carlos Fernandez Narvaez, Aroldo Cortéz Jiménez, Boris Marinovic Córdova, Raúl Roca Rivero.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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