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DECRETO SUPREMO N° 17081

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo No 07352 de fecha 5 de octubre de 1975 se ha declarado el 11 de Octubre de cada año DÍA NACIONAL DE LA MUJER BOLIVIANA, como reconocimiento por su contribución al progreso del país y a la creación de sus valores culturales, cívicos y morales en recordación histórica del nacimiento de ADELA ZAMUDIO;

 

Que, mediante disposiciones legales posteriores, de manera ocasional, se ha autorizado el descanso de medio día en los días once de Octubre para todas las mujeres del país;

 

Que, las disposiciones legales antes mencionadas deben ser ampliadas de tal modo que se resalte de una manera más justa la contribución de la mujer a las tareas del desarrollo y progreso económico - social de la Nación y su efectiva participación en las distintas áreas de le actividad nacional;

 

Que, la mujer boliviana, a través de distintos actos individuales y colectivos, ha demostrado su decidido apoyo al proceso de institucionalización y democratización que vive el país, debiendo merecer el permanente homenaje de la colectividad.

 

CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- El día 11 de Octubre de cada año, DÍA NACIONAL DE LA MUJER BOLIVIANA, todas las mujeres del país que trabajan en las diferentes ramas de actividad, gozarán de un día completo de descanso, como justo homenaje a su sacrificada y activa participación en los problemas nacionales, con pleno goce de sus haberes y beneficios, debiendo asimismo organizarse por los empleadores distintos actos de homenaje que resalten al mismo tiempo la figura de Doña Adela Zamudio.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y de Trabajo y Desarrollo Laboral quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de Octubre de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. SRA. LYDIA GUEILER TEJADA, Jaime Aranibar Guevara, Ismael Saavedra Sandoval, Carlos Miranda Pacheco, Mariano Baptista Gumucio, Raúl Anze Tapia, Tomás Guillermo Elío, Hugo Zapata Pericón, Carmelo Caballero Contreras, Jorge O'Cónnor D'Arlach, Jorge Abularach Baboun, Guillermo Arroyo Rodríguez, Fernando Aguirre Bastos.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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