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DECRETO SUPREMO Nº 17072

DR. WALTER GUEVARA ARZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo No 16944 de 1o de agosto de 1979, se dispuso que la Colonia de Vacaciones denominada “TOMONOCO” pase a depender de la Fuerza Naval Boliviana, para una adecuada y responsable atención y mantenimiento.

 

Que, las autoridades competentes de las Fuerzas Armadas de la Nación, han establecido que para un eficaz cumplimiento de la misión encomendada, es el Ejército la fuerza que dispone de mayores medios.

 

Que, en consecuencia, corresponde dictar la medida legal pertinente.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- A partir de la fecha, la Colonia de Vacaciones de “TOMONOCO”, pasa a depender del Ejército Nacional, con todas sus dependencias y áreas aprovechables para su conservación y servicio del personal de las Fuerzas Armadas de la Nación.

 

ARTÍCULO 2.- Abrógase el Decreto Supremo No 16944 de lo de agosto de 1979.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y nueve años.

 

FDO. DR. WALTER GUEVARA ARZE, Gustavo Fernández Saavedra, Jaime Aranibar Guevara, Ismael Saavedra Sandoval, Carlos Miranda Pacheco, Mariano Baptista Gumucio, Raúl Anze Tapia, Tómas Guillermo Elio, Hugo Zapata Pericón, Carmelo Caballero Contreras, Jorge O'Connor D' Arlach, Jorge Abularach Baboun, Guillermo Arroyo Rodriguez, Fernando Aguirre Bastos.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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