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DECRETO SUPREMO Nº 22716

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el presupuesto consolidado del sector público fué aprobado por ley 1141 de 23 de febrero de 1990, para su vigencia durante el presente período fiscal;

 

Que la Corporación Regional de Desarrollo de Cochabamba solicita un presupuesto adicional, con recursos provenientes de la disminución de caja y bancos así como transferencias del sector privado, que serían destinados a la realización de obras complementarias en la gestión en curso, y de contraparte nacional a la ampliación de cooperación italiana a partir de 1.991;

 

Que el artículo 96 numeral 7 de la Constitución Política del Estado, faculta al Presidente de la República proponer modificaciones durante la vigencia del presupuesto aprobado, concordantemente con los artículos 11 del decreto supremo 22572 de 13 de agosto de 1990, que puso en vigencia el Reglamento de Ejecución Presupuestaria, y 4 de la ley 1141 de 23 de febrero de 1.990.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase, sin perjuicio de la correspondiente aprobación legislativa, el siguiente presupuesto adicional en favor de la Corporación Regional de Desarrollo de Cochabamba, por SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHO 00/100 BOLIVIANOS (Bs 691.208.-), de los cuales Bs 295.066.- serán financiados por disminución de caja y bancos, en tanto que Bs. 396.142.- por transferencias del sector privado:

 

ORGANISMO : COOPERACION REGIONAL DE DESARROLLO

DE COCHABAMBA

RECURSOS : OTROS

 

INGRESOS

 

(en bolivianos)

 

Financiamiento por origen de los recursos:

 

Código Fuente Presupuesto

adicional

1.990

 

13 FUENTES FINANCIERAS 295.066

 

131 Disminución de la inversión financiera 295.066

 

1314 Disminución de otros activos

financieros 295.066

 

13141 Disminución del activo disponible 295.066

131411 Disminución de caja y bancos 295.066

1314111 Disminución de caja y bancos en

moneda nacional 295.066

 

12 RECURSOS DE CAPITAL 396.142

123 Transferencias de capital 396.142

1231 Del sector privado 396.142

12312 De instituciones privadas sin

fines de lucro 396.142

 

T o t a 1 691.208

 

ORGANISMO : CORPORACION REGIONAL DE DESARROLLO

DE COCHABAMBA "CORDECO"

PROGRAMA 10000000 : AGROPECUARIA AYOPAYA

SUBPROGRAMA 10020000 : DESARROLLO AGROPECUARIO

ACTIVIDAD 10020001 : ADMINISTRACION

RECURSOS : OTROS

GESTION : 1 9 9 0

 

 

(en bolivianos)

EGRESOS

 

Clasificación por objeto del gasto:

 

Código Descripción Disminución Transferencias

de caja y del Sector

Bancos Privado

 

100 SERVICIOS PERSONALES 65.785 1.000

 

110 Empleados permanentes 24.382

114 Aguinaldos 4.288

117 Sueldos 20.094

 

120 Empleados no permanentes 31.368 1.000

 

130 Previsión social 10.035

131 Aporte patronal al seguro social 9.006

132 Aporte patronal para vivienda 1.029

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 9.770

 

220 Servicios de transporte y seguros 5.880

222 Viáticos 5.880

 

230 Alquileres 2.490

231 Edificios 990

232 Equipos y maquinarias 1.500

 

250 Servicios profesionales y

comerciales 1.400

253 Comisiones y gastos bancarios 400

256 Imprenta 1.000

 

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 11.600 2.850

 

310 Alimentos y productos

agroforestales 1.000

315 Maderas y derivados 1.000

 

340 Productos de papel, cartón e

impresos 1.500 1.000

341 Papel de escritorio 900 1.000

342 Productos de artes gráficos 200

343 Productos de papel y cartón 400

 

360 Productos químicos, combustibles

y lubricantes 3.600

362 Combustibles y lubricantes 3.600

 

390 Productos varios 5.500 1.850

395 Útiles de escritorio, oficina y

enseñanza 500

396 Otros materiales y suministros 5.000 1.850

 

TOTAL 87.155 3.850

 

PROGRAMA 10000000 : AGROPECUARIO

SUBPROGRAMA 10010000 : DESARROLLO AGROPECUARIO AYOPAYA

ACTIVIDAD 10020002 : COOPERATIVA Y EXTENSION

 

 

100 SERVICIOS PERSONALES 65.625 129.440

 

110 Empleados permanentes 11.424

114 Aguinaldos 4.278

117 Sueldos 7.146

 

120 Empleados no permanentes 44.190 129.440

 

130 Prevision social 10.011

131 Aporte patronal al seguro social 8.984

132 Aporte patronal para vivienda 1.027

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 14.950

 

220 Servicios de transporte y seguros 9.960

222 Viáticos 9.960

 

230 Alquileres 990

231 Edificios 990

 

240 Mantenimiento y reparaciones 4.000

241 Edificios y equipos 4.000

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 19.854 228.340

 

340 Productos de papel, cartón e

impresos 1.000

341 Papel de escritorio 1.000

 

360 Productos químicos, combustibles

y lubricantes 13.854 228.340

362 Combustibles y lubricantes 13.734

363 Abonos y fertilizantes 165.540

364 Insecticidas, fungicidas y otros 62.800

367 Otros materiales quimicos 120

 

390 Productos varios 5.000

396 Otros materiales y suministros 5.000

 

T O T A L 100.429 357.780

 

 

PROGRAMA 10000000 : AGROPECUARIO

SUBPROGRAMA 10020000 : DESARROLLO AGROPECUARIO

AYOPAYA

 

ACTIVIDAD 10026100 : INFRAESTRUCTURA VIAL (Mejoramiento

y apertura de caminos)

 

100 SERVICIOS PERSONALES 42.998 33.696

110 Empleados permanentes 9.949

114 Aguinaldos 2.803

117 Sueldos 7.146

 

120 Empleados no permanentes 26.490 33.696

 

130 Previsión social 6.559

131 Aporte patronal al seguro social 5.886

132 Aporte patronal para vivienda 673

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 15.080

 

220 Servicios de transporte y seguros 11.880

222 Viáticos 11.880

 

240 Mantenimiento y reparaciones 3.200

241 Edificios y equipos 3.200

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 34.671

 

360 Productos químicos, combustibles

y lubricantes 28.671

362 Combustibles y lubricantes 28.671

390 Productos varios 6.000

396 Otros materiales y suministros 6.000

 

 

T O T A L 92.749 33.696

 

 

PROGRAMA 10000000 : AGROPECUARIO

SUBPROGRAMA 10020000 : DESARROLLO AGROPECUARIO AYOPAYA

ACTIVIDAD 10020003 : PRODUCCION PISCICOLA

 

 

100 SERVICIOS PERSONALES 9.933

110 Empleados permanentes 8.418

114 Aguinaldos 648

117 Sueldos 7.770

 

130 Previsión social 1.515

131 Aporte patronal al seguro social 1.360

132 Aporte patronal para vivienda 155

 

200 SERVICIOS NO PERSONALES 2.640

 

220 Servicios de transporte y seguros 2.640

222 Viáticos 2.640

 

300 MATERIALES Y SUMINISTROS 2.160 816

310 Alimentos y productos

agroforestales 816

313 Alimentos para humanos 816

 

360 Productos químicos, combustibles

y lubricantes 2.160

362 Combustibles y lubricantes 2.160

 

TOTAL 14.733 816

 

Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas, así como Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de enero de mil novecientos noventa y un años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Javier Murillo de la Rocha, Min. RR.EE. y Culto a.i., Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Enrique García Rodríguez, David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti, Mario Rueda Peña.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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