TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 22688

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que el presupuesto consolidado del sector público, gestión 1990, fué aprobado por ley 1141 de 23 de febrero de1990, para su vigencia durante el presente período fiscal.

 

Que la Caja Bancaria Estatal de Salud ha solicitado la aprobación de un presupuesto adicional por la percepción de recursos superiores a los previstos por ley 1141 de 23 de febrero de 1990 y que le permitirá nivelar su masa salarial, gestión 1990, al monto fijado por el Consejo Nacional de Economía y Planeamiento mediante resolución 169/90 de 25 de octubre de 1990.

 

Que la atribución 7 del artículo 96 de la Constitución Política del Estado, faculta al Presidente de la República proponer modificaciones que estime necesarias durante la vigencia del presupuesto aprobado en concordancia con el artículo 11, punto 2, del Reglamento de Ejecución Presupuestaria, aprobado por decreto supremo 22572 de 13 de agosto de 1.990 y 4 de la ley 1141 de 23 de febrero de 1990.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorizar, sin perjuicio de la respectiva aprobación legislativa, un presupuesto adicional en favor de la Caja Bancaria Estatal de Salud por la suma de SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE 00/100 BOLIVIANOS (Bs626.687.-), financiados por Otros (ingresos corrientes), de acuerdo al siguiente detalle:

 

ORGANISMO :CAJA BANCARIA ESTATAL DE SALUD

RECURSOS :OTROS (INGRESOS CORRIENTES)

 

I N G R E S O S

 

(en bolivianos)

 

Financiamiento por origen de los recursos:

__________________________________________________________

 

Código Fuente Presupuesto

adicional

1.990

__________________________________________________________

1. Recursos 626.687

 

1.1 INGRESOS CORRIENTES 626.687

 

1.1.7 Contribuciones a la Seguridad Social 626.687

 

1.1.7.1 Contribuciones obligatorias 626.687

 

T o t a 1: 626.687

= = = =

 

ORGANISMO :CAJA BANCARIA ESTATAL DE SALUD

PROGRAMA 10 :PRESTACIONES DE ENFERMEDAD Y MATERNIDAD

ACTIVIDAD 01 :SERVICIOS DE ADMINISTRACION

RECURSOS :OTROS

GESTION :1 9 9 0

 

(en bolivianos)

 

E G R E S O S

 

Clasificación por objeto del gasto:

____________________________________________________________

 

Código Descripción Presupuesto

adicional

1.990

 

100 SERVICIOS PERSONALES 626.687

 

110 Empleados permanentes 528.933

113 Bonificaciones 46.301

114 Aguinaldos 33.086

116 Asignaciones familiares 8.466

117 Sueldos 321.048

118 Otros servicios personales 120.032

 

120 Empleados no permanentes 19.114

 

130 Previsión Social 78.640

131 Aporte Patronal Seguro Social 73.120

132 Aporte Patronal para Vivienda 5.520

----------

Tota1: 626.687

= = = =

Los señores Ministros de Estado en los despachos de Previsión Social y Salud Pública y Finanzas quedan encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Jorge Soruco Villanueva Min. Relaciones Exteriores y Culto a.i., Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Marcelo Zalles Barriga Min. Planeamiento y Coordinación a.i., David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Angel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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