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DECRETO SUPREMO Nº 22672

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que la ley 1141 de 23 de febrero de 1.990 aprobó el presupuesto consolidado del sector público, para su vigencia durante la presente gestión fiscal;

 

Que la Corporación Minera de Bolivia solicita traspaso intrainstitucional de recursos a fin de reforzar el grupo 100 “Servicios personales” de su presupuesto aprobado, gestión 1.990, permitiéndole satisfacer el correspondiente importe a previsión para indemnización, componente de su estructura de costo de labor, debidamente respaldado por resolución 077/90 emitida por Coneplan;

 

Que el artículo 20-c del decreto supremo 22572 de 13 de agosto de 1.990, concordante con el artículo 4 de la ley 1141 de 23 de febrero de 1.990 permite el traspaso solicitado.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a la Corporación Minera de Bolivia efectuar en su presupuesto aprobado, gestión 1.990, el siguiente traspaso intrainstitucional de recursos, por la suma de DOCE MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL VEINTIOCHO 00/100 BOLIVIANOS (Bs.12.173.028.-), financiada por “Ingresos de operación”:

 

ORGANISMO :CORPORACION MINERA DE BOLIVIA

GASTOS :CORRIENTES

PROGRAMA 10 :CONTROL DE OPERACIONES MINERAS

Y METALURGICAS

SUBPROGRAMA 10 :OPERACIONES MINERAS

RECURSOS :INGRESOS DE OPERACION

GESTION: 1990

 

(en bolivianos)

 

DE:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 8.024.180

110 Empleados permanentes 243.864

112 Bono de antigüedad 243.864

120 Empleados no permanentes 2.151.969

140 Otros aportes 5.628.347

900 OTROS GASTOS DE LAS ENTIDADES 4.148.848

DESCENTRALIZADAS

940 Beneficios sociales 4.148.848

941 Indemnizaciones 4.148.848

Total 12.173.028

= = = = =

A:

 

100 SERVICIOS PERSONALES 12.173.028

 

110 Empleados permanentes 11.117.729

114 Aguinaldos 488.371

116 Asignaciones familiares 469.021

117 Sueldos 6.940.956

118 Otros por servicios personales 3.219.381

 

130 Previsión Social 1.055.229

131 Aporte patronal al seguro social 938.043

132 Aporte patronal para vivienda 117.256

-------------

T o t a1: 12.173.028

= = = = = =

Los señores Ministros de Estado en los despachos de Minería y Metalurgia así como Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Jorge Soruco Villanueva Min. Relaciones Exteriores y Culto a.i., Guillermo Capobianco Ribera, Héctor Ormachea Peñaranda, Gustavo Fernández Saavedra, Marcelo Zalles Barriga Min. Planeamiento y Coordinación a.i., David Blanco Zabala, Guillermo Fortún Suárez, Mariano Baptista Gumucio, Willy Vargas Vacaflor, Guido Céspedes Argandoña, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Wálter Soriano Lea Plaza, Mauro Bertero Gutiérrez, Ángel Zannier Claros, Elena Velasco de Urresti.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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