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DECRETO SUPREMO Nº 18359

GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

Que el Supremo Gobierno de Reconstrucción Nacional ha impuesto la política Minero Metalúrgica de reordenamiento de las Instituciones del Estado, dentro de normas administrativas, políticas y económicas que exige la necesidad del país;

Que dentro de las tareas que ejecutarán las Fuerzas Armadas de la Nación, como medida prioritaria para alcanzar la paz social así como las garantías plenas en la administración del Derecho Minero, es la de renovar la Corte Nacional de Minería, con la designación de profesionales especializados en la materia, moralidad irreprochable y cuya actuación pública y privada sea prenda de garantía, para una correcta administración de justicia;

Que siendo necesario e imperativo, proceder a la renovación de la Corte Nacional de Minería;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS;

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Dispónese la renovación de la Corte Nacional de Minería con jurisdicción en toda la República.

 

ARTÍCULO 2.- Desígnase Vocales de la Corte Nacional de Minería a los siguientes ciudadanos:

 

Como PRESIDENTE Dr. Ramón Salinas Mariaca.

Como VOCAL Dr. Hernán Flor Medina.

Como VOCAL Dr. Regúlo García Padilla.

 

ARTÍCULO 3.- Los señores Vocales de la Corte Nacional de Minería, tomarán posesión en sus cargos a partir de la fecha de la promulgación del presente Decreto Supremo, ante el señor Ministro de Minería y Metalurgia.

 

ARTÍCULO 4.- Desígnase en calidad de Superintendente y Notarios de Minas a los siguientes ciudadanos:

DISTRITO DE LA PAZ

 

SUPERINTENDENTE DE MINAS Dr. Néstor Vargas Cardona.

NOTARIO DE MINAS Dra. María E. Monrroy de Siles.

 

DISTRITO DE ORURO

 

SUPERINTENDENTE DE MINAS Dr. Ladislao Rojas Orihuela.

NOTARIO DE MINAS Dra. Teresa S. de Asessandri.

 

DISTRITO DE COCHABAMBA

 

SUPERINTENDENTE DE MINAS Dr. Filiberto Ferrufino Castro.

NOTARIO DE MINAS Dra. Magda de la Fuente Block.

 

DISTRITO DE POTOSI

 

SUPERINTENDENTE DE MINAS Dr. Roberto Sequeiros Román.

NOTARIO DE MINAS Dr. Julio Ugarte Ramos.

 

DISTRITO DE SANTA CRUZ

 

SUPERINTENDENTE DE MINAS Dr. Julio C. Romero.

 

DISTRITO DE TARIJA

 

SUPERINTENDENTE DE MINAS Dr. Cesár Trigo S.

 

UNCIA

 

SUPERINTENDENTE DE MINAS Dr. Augusto Angulo Nima

NOTARIO DE MINAS Dr. José O. Cortés Calderón.

 

TUPIZA

SUPERINTENDENTE DE MINAS Dr. Trojadio Sossa

NOTARIO DE MINAS Dr. Ramiro Julián Hernais Salinas

 

ARTÍCULO 5.- El señor Superintendente Departamental de Minas de La Paz, tomará posesión ante la Corte Nacional de Minería.

 

Los señores Superintendentes de los demás distritos del país, tomarán posesión ante el señor Prefecto de cada Departamento.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de junio de mil novecientos ochenta y un años.

 

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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