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DECRETO SUPREMO Nº 18356

GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que dentro los planes de desarrollo nacional el Gobierno de Reconstrucción Nacional considera de necesidad básica el realizar proyectos de carácter múltiple, entre ellos: El Proyecto Múltiple Hidro - agrícola de Misicuni, que permitirá asegurar la producción de alimentos para abastecer a las diferentes regiones del país, así como de dotar el agua potable a la región y proveer energía eléctrica al sistema interconectado nacional;

Que el Proyecto Múltiple de Misicuni se encuentra en la etapa de Diseño Final para su prosecución se requiere contar con el financiamiento que efectivice su plena y pronta ejecución;

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de prioridad nacional dentro los programas de desarrollo al Proyecto Múltiple Hidro - agrícola Misicuni.

ARTÍCULO 2.- Se autoriza a los personeros de la Asociación de Proyecto Misicuni, efectuar ante los organismos competentes las gestiones correspondientes para la consecución del financiamiento destinado a la realización del Diseño Final del Proyecto.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos que le corresponden, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, el primer día del mes de junio de mil novecientos ochenta y un años.

 

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Ury, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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