DECRETO SUPREMO N° 17578
GRAL. BRIG. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
CONSIDERANDO:
Que el Supremo Gobierno mediante Decreto Supremo No 05441 de 21 de marzo de 1960, ha creado la Escuela de Altos Estudios Militares "Eduardo Avaroa" con la finalidad de capacitar, promover y orientar la base civil - militar para la coordinación de los recursos económicos y otros, necesarios para el mantenimiento y defensa de la soberanía nacional.
Que asimismo, mediante Decreto Supremo No 14399 de 10 de marzo de 1977 se dispone el cambio de nombre de la Escuela de Altos Estudios Militares por el de Escuela de Altos Estudios Nacionales, por constituir un Instituto de estudios de la problemática nacional.
Que para el cumplimiento de estos objetivos se crea el Centro de Diplomados de Altos Estudios Nacionales, reconociéndose su personería jurídica y aprobándose sus estatutos.
Que mediante Decreto Supremo No 13244 de 31 de diciembre de 1975, se establece que el Centro de Diplomados en Altos Estudios Nacionales depende de la Presidencia de la República, formando parte del Consejo Nacional de Seguridad con la finalidad de investigar y estudiar los problemas nacionales y asesorar en estas materias al Supremo Gobierno.
Que por Decreto Supremo No 16670 de 28 de junio de 1979, se aprueba el Presupuesto Adicional de la Presidencia de la República para el Centro de Diplomados de Altos Estudios Nacionales por la suma de $b. 1.400.000.- - destinados a la compra de bienes, necesarios para el cumplimiento de su específica función.
Que es necesario autorizar la compra de un bien inmueble para el Centro de Diplomados en Altos Estudios Nacionales, mediante el instrumento, legal correspondiente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase por vía de excepción al Centro de Diplomados en Altos Estudios Nacionales, efectuar la compra directa de un bien inmueble para el funcionamiento de sus oficinas en esta ciudad, debiendo intervenir en la suscripción de los respectivos contratos la Contraloría General de la República y el Fiscal de Gobierno.
ARTÍCULO 2.- Al efecto indicado, se autoriza al Centro de Diplomados en Altos Estudios Nacionales utilizar los recursos previstos en el Decreto Supremo No 16670 de 28 de junio de 1979 e incrementar si fuera necesario con sus propios recursos.
ARTÍCULO 3.- Autorízase la liberación de los impuestos nacionales, departamentales y municipales que tuviera que pagar el Centro de Diplomados en Altos Estudios nacionales, por la adquisición del referido inmueble.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de agosto de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. BRIG. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luis Arce Gomez, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jose Sanchez Calderón, Ariel Coca Aguirre, Rene Guzman Fortún, Mario Guzman Moreno, Augusto Calderón Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.