DECRETO SUPREMO N° 17575
GRAL. BRIG. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante D. S. No 11149 de 26 de octubre de 1973, se aprobó el Arancel de Valores Fiscales y Formularios, habiéndose clasificado el precio de los pasaportes corrientes, consulares, diplomáticos, especiales, oficiales en el precio de $b. 200.- (DOSCIENTOS PESOS BOLIVIANOS) por unidad.
Que por no guardar relación con la actual escala de precio, la tasa fijada el año 1973, necesariamente exige un reajuste en su precio, a niveles que satisfagan los intereses fiscales.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase el reajuste en el precio de pasaportes corrientes, consulares, diplomáticos, especiales y oficiales, clasificados en el D. S. No 11149 en Cuatrocientos Pesos Bolivianos ($b. 400.-) por unidad.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Tesoro Nacional procederá a la habilitación de los Valores Fiscales con las nuevas tasas, procediendo a su resellado.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de agosto de mil novecientos ochenta años.
FDO. GRAL. BRIG. LUIS GARCIA MEZA, TEJADA, Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luis Arce Gomez, Armando Reyes Villa, Oscar Larrain Frontanilla, Jose Sanchez Calderon, Ariel Coca Aguirre, Rene Guzman Fortun, Mario Guzman Moreno, Augusto Calderon Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suarez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barron, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.