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DECRETO SUPREMO N° 17569

GRAL. BRIG. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el mandato de Cartagena suscrito por los Presidentes de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela el 28 de mayo de 1979, se dispuso la creación de un Banco del Grupo Andino y de España.

 

Que Bolivia participó activamente en todas las fases de organización del referido Banco que adoptó la denominación de Banco Exterior de los Andes y de España.

 

Que siendo el propósito del Banco Exterior de los Andes y de España lograr el fortalecimiento de la cooperación económica entre los países miembros y el fomento de canales financieros y comerciales para el desarrollo del comercio exterior y de las exportaciones no tradicionales, constituyendo una invalorable vinculación con la Comunidad Económica Europea.

 

Que es política del Supremo Gobierno participar activamente en todos los procesos de integración.

 

Que al presente se ha concluído la etapa de organización, siendo preciso que Bolivia designe la entidad bancaria que representará al país participando en el capital accionario del Banco Exterior de los Andes y de España.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE POLITICA MONETARIA,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Desígnase al Banco del Estado como Banco representante del Supremo Gobierno, para participar en el Banco Exterior de los Andes y de España.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Banco del Estado a suscribir 5.100 acciones por un monto de $us. 5.100.000.- (CINCO MILLONES CIEN MIL oo/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES), en el Banco Exterior de los Andes y de España, que tendrá su sede en la ciudad de Lima - Perú y sucursales en todos los países miembros.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de agosto de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. GRAL. BRIG. LUIS GARCIA MEZA TEJADA Javier Cerruto Calderón de la Barca, Luis Arce Gomez, Armando Reyes Villa, Oscar Larrain Frontanilla, Jose Sanchez Calderon, Ariel Coca Aguirre, Rene Guzman Fortun, Mario Guzman Moreno, Augusto Calderon Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suarez, Líder Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barrón, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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