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DECRETO SUPREMO N° 17532

GRAL. BRIG. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Gobierno de Reconstrucción Nacional tiene la misión de ejecutar las Tareas Básicas que le han sido encomendadas por las Fuerzas Armadas de la Nación, a objeto de reordenar su política administrativa protegiendo los intereses del pueblo boliviano;

 

Que la Contraloría General de la República es el organismo de fiscalización, técnico-administrativa que controla eficazmente las acciones de Gobierno;

 

Que es necesario designar al funcionario que tendrá a su cargo las altas responsabilidades que le señalan la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.

 

Que es atribución de Su Excelencia el señor Presidente de la República, nombrar al Contralor General de la República, de conformidad con el Artículo 154 de la Constitución Política del Estado;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnase al señor Gral. Brig. Aé. Don Elías Belmonte Pabón, Contralor General de la República, quién tomará posesión de su cargo en el día.

 

El señor Ministro Secretario General de la Presidencia de la República, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de julio de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Javier Cerruto Calderón, Luis Arce Gomez, Armando Reyes. Villa; Oscar Larrain Frontanilla, José Sanchez Calderon, Ariel Coca Ramirez, Rene Guzman Fortun, Mario Guzman Moreno, Augusto Calderon Miranda, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suarez, Lider Sossa Salazar, Avelino Rivero Parada, Arturo Veizaga Barron, Mario Escobari Guerra, Francisco Mariaca Salas,

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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