DECRETO SUPREMO Nº 16064
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O :
Que, el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, requiere de un Presupuesto Adicional con cargo a recursos de Donaciones por la suma de $b. 242.500.-, destinados a posibilitar el cumplimiento de sus compromisos de carácter presupuestario;
Que, examinado el respectivo requerimiento por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, en función de la prerrogativa legal que le confiere el Art. 27 del D.L. Nº 15338 de 3 de marzo de 1978, se establece la veracidad de necesidades de la Dirección de Nutrición y Caritas dependiente del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, correspondiendo al Supremo Gobierno determinar la aprobación del referido Presupuesto Adicional, con inclusión del detalle de Ingresos y Egresos elaborado por la indicada Dirección General de Presupuesto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública con cargo a recursos de Donaciones, por la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 242.500.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:
MINISTERIO DE PREVISION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
PROGRAMA 02 : MEDICINA PREVENTIVA
Subprograma 04 : Nutrición y Cartitas Boliviana
Financiamiento por Orígen de los Recursos:
Código
Fuente
Presupuesto
Adicional
1978
I
NACIONALES
242.500
5.-
Otros
242.500
5.3
Donaciones
242.500
T o t a l :
242.500
EGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
PROGRAMA 02 : MEDICINA PREVENTIVA
Subprograma 04 : Nutrición y Cartitas Boliviana
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código
Descripción
Presupuesto
Adicional
1978
100
SERVICIOS PERSONALES
64.000.-
110
Empleados Permanentes
64.000.-
117.5.3
Sueldos
64.000.-
200
SERVICIOS NO PERSONALES
132.450.-
210
Servicios Básicos
1.800.-
211.5.3
Comunicaciones
1.350.-
213.5.3
Publicidad é Imprenta
450.-
220
Servicios de Transporte y Seguros
88.000.-
221.5.3
Pasajes
7.500.-
222.5.3
Viáticos
4.500.-
223.5.3
Fletes y Almacenamiento
76.000.-
230
Alquileres
30.000.-
231.5.3
Edificios y Terrenos
30.000.-
240
Mantenimiento y Reparaciones
7.500.-
241.5.3
Edificios y Equipos
7.500.-
250
Servicios Profesionales y Comerciales
150.-
253.5.3
Comisiones y Gastos Bancarios
150.-
260
Otros Servicios No Personales
5.000.-
262.5.3
Asignaciones Globales
5.000.-
300
MATERIALES Y SUMINISTROS
23.550.-
310
Para Oficina
3.000.-
311.5.3
Papelería y Suministros Varios
3.000.-
320
Para Usos Varios
20.550.-
322.5.3
Vestuarios y Textiles
7.350.-
323.5.3
Alimentos
1.500.-
325.5.3
Lubricantes y Combustibles
6.000.-
326.5.3
Médicos, Farmacéuticos, Químicos y de Laboratorio
300.-
327.5.3
Construcción y Edificación
600.-
328.5.3
Accesorios, Repuestos y Herramientas Menores
4.500.-
329.5.3
Otros Materiales y Suministros
300.-
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código
D e s c r i p c i ó n
Presupuesto
Adicional
1978
400
ACTIVOS FIJOS FINANCIEROS
22.500
430
Maquinaria y Equipo
22.500
431.5.3
Equipo de Oficina y Muebles
8.000
433.5.3
Equipo de Transporte, Tracción y Elevación
8.000
435.5.3
Equipos de Comunicaciones
6.500
Total:
242.500
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, y Previsión Social y Salud Pública, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiroz, José Olvis Arias, Ariel Ascarrunz Hurtado, Oscar Pammo Rodríguez, Vito Ramírez López, Jorge Echazú Aguirre, Rolando Saravia Ortuño, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.