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DECRETO SUPREMO Nº 15997

GRAL. BRIG. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

C O N S I D E R AN D O :

Que, dentro la ejecución de su Presupuesto, la Presidencia de la República, ha visto limitados sus recursos, en virtud a las disposiciones del Supremo Gobierno en sentido de proceder a una nueva Reprogramación Presupuestaria, lo que ha inducido a un desface en sus obligaciones contraídas.

 

Que, es deber del Estado, otorgar un soporte presupuestario que le permita cancelar las obligaciones devengadas a fin de regularizar sus estados de cuenta dentro el presupuesto de la presente gestión fiscal.

 

Que, para estos casos la Ley Financial de 3 de marzo de 1978, prevée estos extremos, por disposición de su Artículo 27 a través de un Presupuesto Adicional, con cargo a los recursos del Tesoro General de la Nación, con destino a gastos reservados.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Presidencia de la República, con cargo a los fondos del Tesoro Nacional, por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.500.000.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROGRAMA 01 :

ADMINISTRACION GENERAL

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

 

 

 

Financiamiento por Orígen de los Recursos:

 

 

 

 

 

 

 

 

Código

F u e n t e

Presupuesto Adicional 1978

 

 

 

 

 

 

 

 

 

I

 

NACIONALES

 

2.500.000.-

 

 

1.-

 

Tesoro Nacional

2.500.000.-

 

 

 

 

 

 

.---------------

 

 

 

 

T o t a l :

 

2.500.000.-

 

 

 

 

 

 

.---------------

 

 

 

 

 

 

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

 

 

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Código

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto Adicional 1978

 

 

 

 

 

 

 

 

 

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

2.500.000.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

260

 

Otros Servicios No Personales

2.500.000.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

262

 

Asignaciones Globales

2.500.000.-

 

 

 

 

 

 

.---------------

 

 

 

 

T o t a l :

 

2.500.000.-

 

 

 

 

 

 

.---------------

 

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Bothelo Gozálves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes Espinoza, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba Quiróz, José Olvis Arias, Ariel Ascarrunz Hurtado, Oscar Pammo Rodríguez, Vito Ramírez López, Jorge Echazú Aguirre, Rolando Saravia Ortuño, Mario Candia Navarro, Luis Rivera Palacios, Norberto Salomón Soria, Abel Elías Saínz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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