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DECRETO SUPREMO Nº 15984

GRAL. BRIG. DAVID PADILLA ARANCIBIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Corporación del Seguro Social Militar "COSSMIL", convocó a licitación pública para la construcción de 14 bloques multifamiliares en la Urbanización "Bosque de Bolognia", con un total de 112 departamentos, con destino a los asegurados de dicha entidad que no poseen vivienda propia, dentro del régimen establecido por los artículos 124 y siguientes del Decreto Ley 11901 de 21 de octubre de 1974, habiéndose presentado 17 firmas a la licitación que lleva el Nº 1 y 17 a la Nº 2;

 

Que, cumplidas las formalidades legales la Honorable Junta de Licitaciones de la citada Corporación. en su reunión del día 14 de noviembre de 1978, adjudicó la construcción del área Nº 1 a la empresa “INGENIEROS ASOCIADOS LTDA”, y la correspondiente al área Nº 2 a “CASAS LTDA.”;

 

Que, los cuadros comparativos, informes técnicos y demás antecedentes puestos en consideración del Ministerio de Planeamiento y Coordinación, evidencian que las adjudicaciones acordadas a las indicadas firmas, resultan las más convenientes por las ventajas y seguridades que ofrecen;

 

Que, en virtud del artículo 69, inciso d) de la Ley de Licitación de Obras del Sector Público, en vigencia, corresponde aprobar las licitaciones fraccionadas, mediante Decreto Supremo la adjudicación efectuada por la Corporación del Seguro Social Militar;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Aprobar las adjudicaciones efectuadas por la Honorable Junta de Licitaciones de la Corporación del Seguro Social Militar en 14 de noviembre de 1973, relativas a la construcción de 14 bloques multifamiliares en la Urbanización conocida con el nombre de “Bosque de Bolognía” de esta ciudad, con destino a los asegurados de dicha entidad que carecen de vivienda propia, en favor de la Empresa Constructora "Ingenieros Asociados Ltda." Area Nº 1 por la suma de DIESISEIS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS 08/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 16.235.786.08) y en favor de la Empresa Constructora "CASAS LTDA." Area Nº 2 por la suma de QUINCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TRES 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 15.996.503.00), autorizándose la suscripción de los respectivos contratos con intervención de las autoridades señaladas por Ley, los personeros de la Corporación del Seguro Social Militar y los representantes legales de las empresas adjudicatarias.

 

El señor Ministro de Previsión Social y Salud Pública queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. DAVID PADILLA ARANCIBIA, Raúl Boltelho Gozalves, Raúl López Leytón, Hugo Céspedes, Gary Prado Salmón, Wenceslao Alba, José Olvis Arias, Ariel Ascarrunz, Oscar Pammo, Vito Ramirez, Jorge Echazú, Aguirre, Rolando Saravia, Mario Candía Navarro, Luis Rivera P. Norberto Salomón, Abel Elías.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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