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DECRETO SUPREMO N° 15312

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, ha convocado a propuestas para la adquisición de movilidades de diversa naturaleza (ambulancias, jeeps-ambulancias, motocicletas, bicicletas, lanchas, deslizadores y acémilas) con destino a la expansión de coberturas en el área rural.

 

Que, dicha licitación se presentaron varias firmas importadoras, cuyas propuestas fueron analizadas por la Comisión Calificadora creada al efecto, la misma que en conclusiones recomendó la adjudicación de los ítems correspondientes a 95 ambulancias y 25 jeeps-ambulancias en favor de la firma proponentes Toyota Boliviana Ltda., habiéndose declarado desiertos los demás ítems por falta del número suficiente de firmas proponentes.

 

Que, habiéndose cumplido con todas las formalidades legales en vigencia y de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 14244 de 30 de diciembre de 1976, corresponde su aprobación mediante Decreto Supremo.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

 

Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Almonedas del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, para la adquisición de NOVENTA Y CINCO (95) ambulancias y VEINTICINCO (25) jeeps ambulancias, con destino a la cobertura de las necesidades de ese Ministerio en el área rural, en favor de la firma Toyota Boliviana Ltda., de acuerdo al siguiente detalle:

 

95 ambulancias marca Toyota, más repuestos para cuatro años…………………………

25 Jeeps-ambulancias más repuestos para cuatro años ………………………………

Total:

 

$bs. 21.132.596.31

 

“ 3.738.519.41

 

$bs. 24.871.115.72

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Previsión Social y Salud Pública y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de febrero de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrígo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernándo Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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