DECRETO LEY N° 15285
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno de las Fuerzas Armadas de la Nación ha promulgado un nuevo cuerpo de Códigos Bolivianos, renovando el ordenamiento jurídico para una total institucionalización del país.
Que, paralelamente es necesario modificar las leyes normativas de carácter general, adecuándolas a la nueva Codificación y a las corrientes del derecho moderno.
Que, dentro de las Entidades del Estado, las Notarías de Gobierno deberán revisar sus procedimientos a fin de prestar un servicio más eficaz y dinámico a los diversos sectores de actividad pública.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Mientras se proceda a la revisión de la Ley del Notariado, autorízase a las Notarías de Gobierno, la sustitución del manuscrito, por actas de protocolización en los contratos sometidos a su competencia.
ARTÍCULO 2.- Autorízase igualmente, extender testimonios escritos a máquina o en fotocopia debidamente legalizados.
ARTÍCULO 3.- Quedan derogodos todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Ley.
El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de enero de mil novecientos setenta y ocho años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernándo Guillén Monje.