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DECRETO SUPREMO N° 15212

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la Universidad Boliviana confronta con un déficit de $b. 22.263.700.- en su Pre supuesto vigente, como consecuencia de gastos extraordinarios incurridos en la adquisición de equipos de laboratorio e investigación cientifíca, por construcciones civiles que amplían su infraestructura física como asímismo por la creación de unidades académicas, situación financiera que requiere ser regularizada mediante un soporte extraordinario del Tesoro Nacional: y los fondos comprendidos y autorizados mediante D.S. N° 14369 de 14 de febrero de 1977 destinados a la Universidad Técnica de Oruro, hasta alcanzar el monto deficitario indicado.

 

Que, examinadas las necesidades presupuestarias de la Universidad Boliviana, se estima necesario determinar la aprobación de un Presupuesto Adicional, en la forma prevista por el Art. 27 del D.L. N° 14244 de 30 de diciembre de 1976, encaminado a cerrar y finiquitar todas las obligaciones financieras que adeuda el Tesoro General de la Nación a la Universidad Boliviana al 31 de diciembre de 1977.

 

Que, a los fines señalados, corresponde al Supremo Gobierno dictar la respectiva norma legal, incluyendo el detalle de ingresos y egresos elaborado por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, para asegurar una oportuna regularización presupuestaria y garantizar al mismo tiempo el normal desenvolvimiento de las actividades de la Universidad Boliviana, hasta el cierre de la presente gestión fiscal.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Educación y Cultura para la Universidad Boliviana, con cargo a fondos del Tesoro Nacional, incluyendo los fondos destinados mediante D.S. N° 14369 de 14 de febrero de 1977, por la suma de VEINTIDOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 22.263.700.-), para su vigencia en la presente gestión fiscal y de acuerdo al siguiente detalle:

 

MINISTERIO DEL EDUCACION Y CULTURA

 

 

 

 

 

I N G R E S O S

 

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

 

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Código

F u e n t e

Presupuesto

 

 

 

 

Adicional

 

 

 

 

1977

 

 

I

NACIONALES

22.263.700.-

 

 

 

 

 

 

 

1.-

Tesoro Nacional

2.263.700.-

 

 

 

 

 

 

 

 

T o t a l:

2.263.700.-

 

 

 

 

 

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO :

 

Código

 

D e s c r i p c i ó n

 

Presupuesto

Adicional

1977

 

 

 

 

700

TRANSFERENCIAS

22.263.700.-

 

 

 

 

 

 

 

720

Al Sector Público

22.263.700.-

 

 

 

 

 

 

 

722

Transferencias Corrientes por Subsidios

 

 

 

 

o Subvenciones

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Administración Descentralizada

 

 

 

 

 

 

 

 

2

Instituciones Públicas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Universidad Boliviana (Consejo Nacional

 

 

 

de Educación Superior)

22.263.700.-

 

 

 

 

 

 

 

 

T o t a l:

 

22.263.700.-

 

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Universidad Boliviana, como organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará en su aplicación al siguiente detalle:

 

CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR

 

 

 

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

 

 

 

Código

 

Fuente

 

Presupuesto

Adicional

1977

 

 

 

I

NACIONALES

22.263.700.-

 

 

 

 

 

4 .-

Transferencias

22.263.700.-

 

 

Ministerios de Estado

 

 

 

Ministerio de Educación y Cultura

 

 

 

(Tesoro General de la Nación)

22.263.700.-

 

.

 

 

 

 

Total:

22.263.700.-

 

 

 

 

 

EGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

 

CLASIFICIACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Código 

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto

Adicional

1977

 

 

 

 

U.B.M.S.F.X. Sucre

3.329.700.-

 

 

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

2.970.000.-

 

 

 

 

 

700.4

TRANSFERENCIAS (Becas Trabajo)

359.700.-

 

 

 

 

 

 

U.B.M.S.A. La Paz

3.198.000.-

 

 

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

3.198.000.-

 

 

 

 

 

 

U.B.M.S.S. Cochabamba

4.186.000.-

 

 

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

3.600.000.-

 

 

 

 

 

400.4

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

586.000.-

 

 

 

 

 

 

U.B.T.O. Oruro

2.500.000.-

 

 

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

1.600.000.-

 

 

 

 

 

400.4

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

900.000.-

 

 

 

 

 

 

U.B.T.F. Potosí

2.350.000.-

 

 

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

2.350.000.-

 

 

 

 

 

 

U.B.G.R.M. Santa Cruz

2.500.000.-

 

 

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

2.500.000.-

 

 

 

 

 

U.B.J.M.S. Tarja

3.500.000.-

 

 

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

2.700.000.-

 

400.4

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

800.000.-

 

 

 

 

 

 

U.B.M.J.B. Trinidad

700.000.-

 

 

 

 

 

100.4

SERVICIOS PERSONALES

700.000.-

 

 

 

 

 

 

TOTAL GENERAL :

22.263.700.-

 

 

 

ARTÍCULO TERCERO.- Queda establecido que con el anterior soporte presupuestario cubierto por el Tesoro General de la Nación, se cierran y finiquitan todas las obligaciones financieras del Supremo Gobierno con la Universidad Boliviana el 31 de diciembre de 1977.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Educación y Cultura, quedar encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la Paz, a los veintitres días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrígo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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