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TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 15165

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante D.S. N° 14529 de 22 de abril de 1977, se autorizó a la H. Municipalidad de La Paz firmar contrato en el campo de Ingeniería de Sistemas con la Empresa Consultora "Organización Consultores Sudamericanos para el Desarrollo CONSAD - Bolivia, con el objeto de racionalizar los principales mecanismos a través de los procedimientos modernos que brinda la computación;

 

Que, las conclusiones y recomendaciones contenidas en el "Diagnóstico de Sistematización", entregadas a la Municipalidad justifican que, además de las 4 aplicaciones a sistematizarse previstas en el contrato firmado en fecha 6 de mayo de 1977, se deben implementar por computador las aplicaciones referidas a "Control de Tesorería ", "Control Presupuestario", "Contabilidad", "Bienes Patrimoniales" y "Adquisiciones y Almacenes" y la sistematización mensual orientada a la computación de "Catastro Técnico y "Control y Seguimiento de Obras";

 

Que, el mensionado trabajo es complementario al autorizado mediante D.S. N° 14529.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de La Paz, suscribir un con trato complementario con la Empresa "Organización Consultores Sudamericanos para el Desarrollo CONSAD-Bolivia, para la implementación por computador de las siguientes aplicaciones: "Control de Tesorería", "Control Presupuestario "Contabilidad", "Bienes Patrimoniales", y "Adquisiciones y Almacenes" y la sistematización manual orientada a la computación de "Catastro Técnico" y "Control y Seguimiento de Obras", por la suma de tres Millones Trescientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos 00/100 Pesos Bolivianos ($b. 3.345.600.-).

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de La Paz, suscribir el contrato, consignando las especificaciones técnicas, claúsulas de seguridad, con la concurrencia del Contralor General de la República, por ante la Notaría de Hacienda, con las formalidades de Ley.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y siete años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Dávid Blanco Zabala, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrígo Lea Plaza, Mario Vargas Salinas, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luís Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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