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DECRETO SUPREMO Nº 06239

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Y

GRAN MAESTRE DE LA ORDEN DEL

“CÓNDOR DE LOS ANDES”.

 

CONSIDERANDO :

 

Que el Decreto Supremo de fecha 18 de abril de 1925, creó la Condecoración de la Orden del “Cóndor de los Andes”, para recompensar servicios prestados a la Nación por ciudadanos extranjeros.

 

Que los señores Tcnl. Oscar Montilla Carreyó, My. Guillermo Hernández Briceño, Cap. de Corbeta Juan José Zambrana Marcano, My. Jorge Isaac Santos Moros, My. Eudes Cedeño Tovar, Subtte. José Rafael León Orsoni y Subtte. César Alfredo Navas Silva, Ayudante y Edecanes asignados al Jefe del Estado boliviano en su visita a Venezuela, han contribuído a estrechar los ya tradicionales vínculos de amistad que existen entre Bolivia y la hermana Nación, haciéndose por ello merecedores a una distinción especial de la República.

 

DECRETA :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Confiérese la Condecoración de la Orden del “Cóndor de los Andes” en el Grado de OFICIAL a los señores Tcnl. Oscar Montilla Carreyó, My. Guillermo Hernández Briceño, Cap. de Corbeta Juan José Zambrana Marcano, My. Jorge Isaac Santos Moros y Eudes Cedeño Tovar; en el Grado de CABALLERO a los señores Subtte. José Rafael León Orsoni y Subtte. César Alfredo Navas Silva.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y dos años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, José Antonio Arze Murillo, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a.i.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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