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DECRETO SUPREMO Nº 18545

GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que el Hospital “San Juan de Dios” de la ciudad de Oruro, se encuentra en su etapa final de acabado en su construcción.

 

Que con el objeto de dar por concluído estos trabajos, es necesario el desembolso de la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL 00/100 PESOS

BOLIVIANOS ($b. 3.744.000.-), suma que será utilizada por administración directa por la premura del tiempo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase por via de excepción, el desembolso de la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 3.744.000.-) monto presupuestado para la conclusión de obras en el Hospital “San Juan de Dios” de la ciudad de Oruro; debiendo el Tesoro General de la Nación, girar dicha suma el Sub - Tesoro Departamental de aquella ciudad.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, y de Previsión Social y Salud Pública, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de julio de mil novecientos ochenta y un años.

 

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Jorge Salazar Crespo, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Marcelo Galindo de Ugarte, Alberto Saenz Klinsky.

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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