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DECRETO SUPREMO Nº 18495

GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que mediante Decretos Supremos Nos. 18226 y 18349 de 28 de abril y 1o de junio de 1981 respectivamente, se autoriza a la Presidencia de República suscribir con la firma Commander Ltda., un contrato de provisión de una aeronave nueva marca Sabreliner - 65, modelo 1981 serie 465 60, por Rocwell International Corp., Sabreliner Division.

 

Que los mismos decretos supremos han señalado la siguiente forma de pago: $US. 1.530.000.- mediante entrega de la eronave usada Sabreliner - 60, serie 306 - 115, modelo 1976 y el saldo de $us. 4.670.000.- por el Tesoro General de la Nación en un plazo de 5 años, con una tasa de interés sobre Libor, más el 2% y el 1.5% por una sola vez sobre el saldo deudor.

 

Que a fin de hacer factible el pago del saldo adeudado del valor de la aeronave, se ha visto por conveniente buscar un refinanciamiento en el Banco Nacional de México.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Finanzas a gestionar ante el Banco Nacional de México, por intermedio dle Banco Central de Bolivia, un crédito por la suma de $us. 4.670.000.-, con destino a la adquisición de la aeronave a que se refiere el Decreto Supremo No 18226 de 28 de abril de 1981.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Banco Central de Bolivia a conceder un aval en favor del Banco Nacional de México, por la suma de $us. 4.670.000.- más intereses, a objeto de garantizar el financiamiento mencionado en el artículo anterior.

 

ARTÍCULO 3.- El Tesoro General de la Nación de conformidad a los Decretos Supremos Nos. 18226 y 18349 del 28 de abril y 1o de junio de 1981 respectivamente deberá asignar las respectivas partidas anuales para cubrir la obligación contraída con el Banco Nacional de México.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de julio de mil novecientos ochenta y un años.

 

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Jorge Salazar Crespo, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escóbar Uhry, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Marcelo Galindo de Ugarte, Alberto Saenz Klinsky.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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