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DECRETO SUPREMO Nº 18448

GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que la H. Alcaldía Municipal de Tarija, adeuda a la firma Compañía Comercial Industrial Boliviana S. A. (CIBO) la suma de $b. 3.698.391.75 por la adquisición de un Cargador Frontal JD 544B, cuyo pago se solicita al Tesoro Nacional mediante la extensión de Notas de Crédito para compensar con futuras obligaciones arancelarias de la firma Hansa Limitada;

 

Que tomando en cuenta de que la nombrada Alcaldía Municipal no dispone de los recursos necesarios para cumplir esta obligación, corresponde atenderse el pago en la forma solicitada.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Ministerio de Finanzas pagar por cuenta de la H. Alcaldía Municipal de Tarija la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO 75/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 3.698.391.75) en favor de la firma HANSA LIMITADA mediante cuatro Notas de Crédito por $b. 1.000.000.- - las tres primeras y la última por $b. 698.391.75, para compensar con futuras obligaciones arancelarias.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- El pago ordenado en el artículo anterior tendrá el carácter de subvención del Supremo Gobierno a la H. Alcaldía Municipal de Tarija para cubrir el adeudo de $b. 3.698.391.75 a la firma Comercial Industrial Boliviana S. A. CIBO por la adquisición de un Cargador Frontal JD 544B.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y un años.

 

FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rólon Anaya, Jorge Salazar Crespo, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escóbar Uhry, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Marcelo Galindo de Ugarte, Alberto Saenz Klinsky.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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