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DECRETO SUPREMO Nº 17479

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO :

 

La solicitud por la que la señora Rosario Zuaso de Otero pide el otorgamiento de una pensión vitalicia en su beneficio y de sus hijos, en razón de los servicios prestados por su esposo Dr. Jaime Otero Calderón.

 

Que el H. Congreso Nacional ha considerado un proyecto de Ley, por el que concede una pensión vitalicia de $b. 6.000.-- en favor de la señora Rosario Zuazo vda. de Otero, proyecto que ha quedado diferido para la próxima legislatura.

 

Que es deber del Estado reconocer la labor desarrollada por el Dr. Jaime Otero Calderón en servicio del país, y otorgar los beneficios oportunamente en favor de sus herederos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON CARGO DE

APROBACION LEGISLATIVA,

 

DECRETA :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Concédese pensión vitalicia de $b. 6.000.-- (seis mil 00/100 pesos bolivianos) a la señora Rosario Zuazo vda. de Otero, en reconocimiento a los servicios prestados al país, por el que fuera su esposo Dr. Jaime Otero Calderón, suma que será imputable a la Partida 711 “Pensiones, Donaciones y Premios” del presupuesto del Ministerio de Prevision Social y Salud Pública.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de junio de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Gastón Araoz Levy, Antonio Arnez Camacho, Walter Nuñez Rivero, Jaime Ponce García, Juan Carlos Navajas, Carlos Carrasco Fernandez, Ernesto Rivero Villarroel, Raul Jimenez Sanjines, Jorge Gutierrez del Rio, Mario Viscarra Ayala, Manuel Cuevas Aguilera, Salvador Romero Pittari, Ernesto Wende Frankel, Elba Ojera de Jemio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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