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DECRETO SUPREMO Nº 17461

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO :

 

Que es deber del Supremo Gobierno de la Nación preveer e incrementar el Patrimonio Cultural del País;

Que habiéndose concluído la construcción de la Residencia Presidencial de San Jorge, corresponde al Supremo Gobierno autorizar los gastos que demanden la adquisición por compra directa de un lote de Obras de Arte con destino a su decoración;

 

Que para este objeto se ha encomendado al Museo Nacional de Arte y a la Dirección Nacional de Patrimonio Artístico, la selección de una partida de Obras que incluyen cuadros de autores nacionales y objetos de arte.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA :

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Tesoro General de la Nación, entregar a la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República, la suma de OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 827.300.--) con cargo a la Partida 262 “Asignaciones Globales”, del Presupuesto del Ministerio de Finanzas para la adquisición de las obras de Arte que de acuerdo a detalle, serán destinadas a la decoración integral de la Residencia Presidencial de San Jorge.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase a la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República con el informe del Museo Nacional de Arte y Dirección Nacional del Patrimonio Artístico, suscribir los contratos que para el objeto fueran necesarios, exceptuando los requisitos legales de licitación y adjudicación por Junta de Almonedas, por tratarse de obras de arte únicos y exclusivos de cada uno de los artístias seleccionados.

 

ARTÍCULO 3.- Esta adquisición deberá incluirse en los respectivos inventarios y sea con participación e intervención de la Dirección de Bienes Nacionales de la Contraloría General de la República.

 

El señor Ministro de Esatado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días de mes de junio de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Gastón Araoz Levy, Antonio Arnez Camacho, Walter Nuñez Rivero, Jaime Ponce Garcia, Adolfo Aramayo Anze, Carlos Carrasco Fernandez, Ernesto Rivero Villarroel, Juan Carlos Navajas, Fernando Salazar Paredes, Jorge Gutierrez del Rio, Mario Viscarra Ayala, Manuel Cuevas Aguilera, Hugo Palazzi, Moscoso, Ernesto Wende Frankel, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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