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DECRETO SUPREMO Nº 17410

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO :

 

Que es necesario asegurar el financiamiento en la fase de diseño final del Proyecto Hidroeléctrico ICLA.

 

Que el proyecto presenta como objetivos, preveer déficits en la capacidad de generación de energía eléctrica del país.

 

Que una Comisión Interinstitucional, ha evaluado el estudio de factibilidad presentado por la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), con la correspondiente aprobación del Comité Nacional de Proyectos para la prosecución del citado proyecto.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA :

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de interés nacional, el estudio de la Segunda Fase y Diseño Final del Proyecto Hidroélectrico de ICLA.

 

ARTÍCULO 2.- Se encomienda al Instituto Nacional de Preinversión, la tramitación del financiamiento para el estudio de la Segunda Fase y Diseño Final del mencionado proyecto.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación y de Energía e Hidrocarburos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de mayo de mil novecientos ochenta años.

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Gastón Araoz Levy, Antonio Arnez Camacho, Walter Nunez Rivero, Jaime Ponce Garcia, Adolfo Aramayo Anze, Carlos Carrasco Fernandez, Ernesto Rivero Villarroel, Juan Carlos Navajas, Raúl Jimenes Sanjinez, Jorge Gutierrez del Rio, Mario Viscarra Ayala, Manuel Cuevas Aguilera, Hugo Palazzi Moscoso, Ernesto Wende Frankel, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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