TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

 

DECRETO SUPREMO Nº 17390

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO :

 

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto a través de la Dirección General de Límites, entre sus funciones y atribuciones específicas tiene a su cargo las labores de control, actualización, reposición, y densificación en forma permanente de los hitos fronterizos del país.

 

Que la Dirección General de Límites no cuenta con el equipo y materiales necesarios para cumlir sus importantes funciones.

Que en forma simultánea a sus necesidades para adquisición, de activos, la Dirección General de Límites requiere recursos económicos para llevar a efecto Conferencias y Campañas Demarcatorias Bilaterales de alta prioridad con los países limítrofes, las mismas que deberán llevarse a cabo impostergablemente durante la gestión.

Que no habiendo sido consignados los requerimientos económicos de esa Dirección General en el Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, corresponde asignar un soporte presupuestario para su necesario y conveniente equipamiento.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Con carácter de excepción y por ésta única vez, apruébase el soporte presupuestario para la Dirección General de Límites del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, con destino a cubrir el costo de parte de las diferentes campañas demarcatorias, adquisición de vehículos y otros equipos necesarios para el cumplimiento de sus específicas funciones, por la suma de DOS MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.000.000.-) con cargo a recursos del Tesoro General de la Nación, Partida 262 “Asignaciones Globales” del Presupuesto del Ministerio de Finanzas para su vigencia en la presente Gestión Fiscal;

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Relaciones Exteriores y Culto, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de mayo de mil novencientos ochenta años.

 

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Antonio Arnez Camacho, Walter Nuñez Rivero, Ernesto Rivero Villarroel, Adolfo Ararnayo Anze, Juan Carlos Navajas, Raúl Jimenez Sanjinez, Jorge Gutierrez del Rio, Mario Viscarra Ayala, Manuel Cuevas Aguilera, Ernesto Wende Frankel, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|