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DECRETO SUPREMO Nº 17349

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA

REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO :

 

El siniestro ocurrido en la Corte Superior del Distrito de Tarija que ha ocasionado la destrucción del 80 % de la estructura física, así como el total incendio del mobiliario, material de escritorio, expedientes, registros y archivo.

 

Que es deber del Supremo Gobierno aprobar la asignación de una subvención extraordinaria a la Corte Suprema de Justicia a fin de lograr la pronta rehabilitación de tan importante servicio, para el desarrollo de sus actividades específicas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase la asignación de una subvención extraordinaria a la Corte Suprema de Justicia por la suma de DOS MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS, ($b. 2.000.000), con destino a la adquisición del mobiliario y material de oficina para la Corte Superior de Justicia del Distrito de Tarija, con cargo a la Partida 262 “Asignaciones Globales” del Presupuesto vigente del Ministerio de Finanzas, y con intervención de la Contraloría General de la República.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y del Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de abril de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Gastón Araóz Levy, Antonio Arnez Camacho, Walter Nuñez Rivero, Jaime Ponce García, Adolfo Aramayo Anze, Carlos Carrasco Fernandez, Ernesto Rivero Villarroel, Juan Carlos Navajas, Isaac Sandoval Rodriguez, Jorge Gutierrez del Rio, Mario Viscarra Ayala, Manuel Cuevas Aguilera, Hugo Palazzi Moscoso, Ernesto Wende Frankel, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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