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DECRETO SUPREMO Nº 15945

GRAL. JUAN PEREDA ASBUN

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, el Instituto Nacional de Cooperativas (INALCO) viene realizando trabajos en el Centro Educacional de Ñujchu, departamento de Chuquisaca, específicamente en la construcción de un muro en dicho Centro Educacional, habiéndoce al efecto firmado contrato con la Empresa Schlusseberg para lo que requieren de un Presupuesto Adicional;

 

Que, analizado el anterior requerimiento por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas y revisado el comportamiento presupuestario del Servicio recurrente, se establece que INALCO, requiere la aprobación de un Presupuesto Adicional con cargo a Saldo Gestión Anterior con inclusión del detalle de Ingresos y Egresos elaborado por el Ministerio de Finanzas, con sujeción a la previsión del Art. 27 del Decreto Ley N º 15338 de 3 de marzo de 1978.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Instituto Nacional de Cooperativas (INALCO) por la suma de SESENTA MIL OCHOCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 60.800.-), con cargo a Recursos de Saldo Gestión Anterior y para su vigencia en la presente gestión fiscal de acuerdo al siguiente detalle:

 

 

CAPITULO

 

: INVERSION

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROGRAMA 02

:Estudios, Infraestructura é Integración Andina

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROYECTO 01

: Centro de Capacitación Ñujchu

 

 

 

 

 

 

 

 

INGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

 

 

 

Financiamiento por Orígen de los Recursos:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Código

F u e n t e

Presupuesto Adicional 1978

 

 

 

 

 

 

 

 

 

I

 

NACIONALES

60.800.-

 

 

 

 

 

 

.--------------

 

 

5.-

 

Otros

 

60.800.-

 

 

 

 

 

 

.--------------

 

 

5.2

 

Saldo Gestión Anterior (T.G.N.)

60.800.-

 

 

 

 

 

 

.--------------

 

 

 

 

T o t a l

:

60.800.-

 

 

 

 

 

 

.--------------

 

 

 

 

 

 

 

 

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

 

 

 

 

 

 

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Código

D e s c r i p c i ó n

Presupuesto Adicional 1978

 

 

 

 

 

 

 

 

 

400

 

ACTIVOS FIJOS Y

 

 

 

 

 

FINANCIERIOS

60.800.-

 

 

 

 

 

 

 

 

420.5.2

 

Construcciones, Reformas é

 

 

 

 

 

Instalaciones

60.800.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

T o t a l

:

60.800.-

 

 

 

 

 

 

.--------------

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Trabajo y Desarrollo Laboral y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. JUAN PEREDA ASBUN, Ricardo Anaya Arze, Faustino Rico Toro, Wálter Castro Avendaño, Ronald Mac Lean Abaroa, Jorge Tamayo Ramos, Humberto Cayoja R., Fernando Guillén Monje, Natalio Morales M., José Quiróz A., Jorge Echazú A., Guillermo Escóbar Uhry, David Fernández Viscarra, Luis Kuramotto Medina, Lucio Añez Rivera, Luis F. Valle Q.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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