TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 18735

GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que mediante Licitación Pública No 18/81, la Corporación Boliviana de Fomento convocó a las firmas nacionales y extranjeras legalmente acreditadas en el país, a la presentación de propuestas para la provisión de materias primas (soda ash, alumina y sulfato de sodio) con destino a la Fábrica Nacional de Vidrio Plano, la misma que al amparo de los Arts. 15 y 16 del D. L. No 15223, de 30 de diciembre de 1977, fue declarada desierta por la H. Junta de Licitaciones de C.B.F.

 

Que en el plazo hábil de la invitación directa presentaron sus ofertas para la provisión de Soda ASH, las siguientes firmas: HOECHST BOLIVIANA LTDA., ABENDROTH INTERNACIONAL S.A., KATTAN Y CIA. LTDA., SERMACO LTDA., y CUSA (Bolivia) respectivamente.

 

Que la H. Junta de Licitaciones de CBF, luego de considerar y aprobar el informe de la Comisión Calificadora de Propuestas, con la facultad prevista en los Arts. 51 y 60 de la Ley de Adquisiciones del Sector Público, dispuso el llamamiento a PUJA ABIERTA de los proponentes, en cuya reunión realizada el día ocho de octubre del año en curso, resolvió adjudicar la provisión de SODA ASH en favor de la firma comercial KATTAN Y CIA. LTDA, por encontrarla conveniente a los intereses de la entidad licitante.

 

Que de conformidad con el Art. 65 de la referida Ley de Adquisiciones del Sector Público, corresponde al Supremo Gobierno de la Nación aprobar las adjudicaciones efectuadas por las HH. Juntas de Licitaciones de las Empresas Públicas y entidades descentralizadas, autorizando la suscripción de los respectivos contratos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación de la Licitación Pública No 18/81, relativa a la provisión de mil novecientas setenta y tres toneladas métricas de Carbonato de Sodio (SODA ASH), efectuada por H. Junta de Licitaciones de la Corporación Boliviana de Fomento, con destino a la Fábrica Nacional de Vidrio Plano, en favor de la firma comercial KATTAN Y CIA. LTDA., mediante PUJA ABIERTA.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase la Corporación Boliviana de Fomento, suscribir el contrato de adjudicación de 1.973 T.M. de SODA ASH, con la firma adjudicataria KATTAN Y CIA. LTDA., al precio unitario, sin inclusión de gastos consulares, de DOSCIENTOS DIEZ Y OCHO 00/100 DOLARES AMERICANOS la tonelada métrica ($us. 218.oo), CIF/Arica/Matarani, pagaderos mediante apertura de Carta de Crédito, irrevocable, confirmada y diferida a 180 (ciento ochenta) días de la fecha B/L.

 

ARTÍCULO 3.- En cumplimiento del D. L. No 10045, de 10 de diciembre de 1971, relativa a la Ley de Inversiones y su ampliación mediante D. L. No 12509 de 25 de mayo de 1975, así como la Resolución Suprema de 14 de septiembre de 1942 elevada a Ley en 3 de diciembre del mismo año, la presente importación queda liberada del pago de derechos arancelarios e impuestos adicionales, tasa acumulativa y retributiva por servicios prestados, recargos por levantamiento de rezago, impuestos sobre ventas a la Renta y Municipalidad, 0.5% destinado a AADAA y el 10 % en timbres sobre montos liberados y demás recargos.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Industria, Comercio y Turismo queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y un años.

 

FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Adolfo Linares Arraya, Javier Alcoreza Melgarejo, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, Jorge Zamora Mujía, Arnold Hoffmann Bang Soleto, Edmundo Pereyra Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Jaime Húmerez Seleme.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|