TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 18670

GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Gobierno de las Fuerzas Armadas tiene el propósito de fortalecer los vínculos de amistad con los países árabes.

 

Que con este objetivo se hace necesaria la actualización de funciones consulares sin la creación de otro item en la representación de Bolivia ante la República Arabe de Egipto.

 

Que para este efecto, se ha visto por conveniente asignar al Primer Secretario de esa Misión, fuera de sus funciones específicas, el de Encargado de Asuntos Consulares.

 

Que para cumplir decorosamente esta desígnación es necesario reforzar este item que se ha mantenido sin variaciones desde hace cuatro años.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Asígnase al Primer Secretario y Encargado de Asuntos Consulares de la Embajada de Bolivia en la República Arabe de Egipto, el haber mensual de $us. 2.000.-, más la percepción de $us. 200.oo mensual, para gastos de escritorio y papelería que demanden sus labores consulares.

 

ARTÍCULO 2.- El incremento resultante de $us. 800.oo que corresponde al item 125 del Primer Secretario, será cubierto en la presente gestión, con cargo a los ahorros de ejecución de haberes del Servicio Diplomático.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto, y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y un años.

 

FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez García, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Javier Alcoreza Melgarejo, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón Jorge Zamora Mujía, Carlos Villarroel Navia, Arnold Hoffman Bang Soleto, Edmundo Pereira Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Jaime Húmerez Seleme.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|