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DECRETO SUPREMO Nº 18947

DECRETO SUPREMO Nº 18947

GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que con la finalidad de ejecutar un programa de prevención y control de la fiebre aftosa, los Gobiernos de la República de Bolivia y la República del Perú y la Organización Panamericana de la Salud, han suscrito un Convenio Cooperativo en fecha 26 de noviembre de 1975;

 

Que siendo conveniente a los intereses del país, es necesario ratificar el convenio de refrenda a los efectos de su plena vigencia.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueba y ratifica el Convenio de fecha 26 de noviembre de 1975, suscrito entre los Gobiernos de la República de Bolivia, de la República del Perú y la Organización Panamericana de la Salud.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto y Asuntos Campesinos y Agropecuarios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y dos años.

 

FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez García, Rómulo Mercado Garnica, Jorge Echazú Aguirre, Natalio Morales Mosquera, Lucio Paz Rivero, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Guido Angulo Cabrera, Luis Palenque Cordero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, William Mackenny Velasco, Raúl Otermín Rodríguez, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Mario Marañon Zarate.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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