TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

DECRETO SUPREMO Nº 18945

DECRETO SUPREMO Nº 18945

GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Supremo Gobierno, en fecha 9 de febrero, promulgó los Decretos Supremos Nos. 18002 y 18004, concernientes a respaldar los proyectos de provisión de agua potable a la ciudad de Oruro.

 

Que el Decreto Supremo No 18002 dispuso el apoyo requerido para los programas de desarrollo en el problema acuífero de Oruro, encarado por SELA y la CORPORACION DE DESARROLLO DE ORURO, con la autorización del Banco Central de Bolivia, de otorgar al Tesoro General de la Nación, la suma de $bs. 40.000.000.00 destinados a proyectos de agua potable y alcantarillado de la ciudad de Oruro.

 

Que paralelamente a ese desembolso, el Decreto Supremo No 18003 dispuso la creación del COMITE DEL AGUA, como cabeza directriz y administradora de los recursos antes mencionados, regulando su funcionamiento mediante disposiciones establecidas en el Decreto Supremo No 18004.

 

Que mediante Decreto Supremo No 06914, del 8 de octubre de 1964 se creó el “SERVICIO LOCAL DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADO SELA – ORURO”, con la finalidad de administrar y proveer el servicio de agua potable y alcantarillado a la ciudad de Oruro, en forma específica.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R ET A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Abrógase los Decretos Nos. 18003 y 18004.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Planeamiento y Coordinación queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y dos años.

 

FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez Garcia, Rómulo Mercado Garnica, Jorge Echazu Aguirre, Natalio Morales Mosquera, Lucio Paz Rivero, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Gildo Angulo Cabrera, Luis Palenque Cordero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, William Mackenny Velasco, Raúl Otermin Rodriguez, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Mario Marañon Zarate.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|