TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 18925

DECRETO SUPREMO Nº 18925

GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que es facultad privativa del Estado, rendir homenaje a los ciudadanos que de una y otra manera, se han destacado en las diversas actividades del quehacer diario;

 

Que en la ciudad de New York, ha dejado de existir el día 21 de abril del año en curso, la que en vida fuera destacada y meritoria pintora nacional, señora María Luisa Pacheco;

 

Que es deber del Supremo Gobierno de la Nación, rendir homenaje a quién en forma brillante, representó al país en eventos internacionales, haciendo conocer y difundiendo la cultura boliviana;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Declarar duelo nacional, sin cierre de oficinas, el día del sepelio de los restos mortales, de la que en vida fué señora María Luisa Pacheco, como tributo de gratitud por los eminentes servicios prestados en favor de la cultura nacional.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de abril de mil novecientos ochenta y dos años.

 

FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Rómulo Mercado Garnica, Jorge Echazú Aguirre, Natalio Morales Mosquera, Lucio Paz Rivero, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Gildo Angulo Cabrera, Luis Palenque Cordero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, William Mackenny Velasco, Raúl Otermín Rodríguez, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Mario Marañon Zarate.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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