TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 18897

DECRETO SUPREMO Nº 18897

GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Resolución Prefectural No AG - 002 - 82 de 19 de enero de 1982 se resolvió crear el Comité Pro Celebración del IV Centenario de la entronización de la Virgen de Copacabana en el Santuario de su mismo nombre, como organismo coordinador y ejecutor de los Planes y programas destinados al homenaje que rendira el pueblo boliviano a la Reina y Patrona de la Nación.

 

Que es deber del Gobierno de las Fuerzas Armadas de la Nación apoyar y respaldar el programa al que se sujetarán los actos de homenaje a la Virgen de Copacabana.

 

Que para el cumplimiento de tan noble como significativo acontecimiento es necesario aprobar mediante D. S. la mencionada Resolución Prefectural.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la Resolución Prefectural No AG -002 - 82 de 19 de enero de 1982, mediante la cuál se crea el Comité Pro - Celebración del IV Centenario de la entronización de la Virgen de Copacabana en el Santuario de su nombre.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se otorga al Comité la Facultad de nombrar Subcomites y a los miembros de estos, quienes podrán ser declarados en comisión con el respectivo goce de haberes a requerimiento del Comité.

 

El señor Mnistro del Interior Migración y Justicia queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y dos años.

 

FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez García, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Javier Alcoreza Melgarejo, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, Jorge Zamora Mujía, Arnold Hofman Bang Soleto, Edmundo Pereyra Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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